Sobre la primera pregunta, es mejor que te ciñas al tema, ya que los bienes de dominio privado tienen mucha menos importancia de cara al examen. Por eso se desarrollan menos.
Respecto a la segunda pregunta;
[b]Afectación: [/b]es un acto mediante el cual un bien de un ente público pasa a ser de dominio público, por ejemplo: unos terrenos que son propiedad del ayuntamiento los expropian para hacer un jardín.
[b]Desafectación:[/b] es lo contrario a la afectación. Por ejemplo un edificio que era considerado de dominio público, se derriba y el solar resultante pasa a ser propiedad del ayuntamiento entrando a formar parte de su inventario de bienes patrimoniales.
[b]Mutación demanial:[/b] es cuando un bien de dominio público se destina a un fin diferente del que venía sirviendo. Por ejemplo un local del ayuntamiento donde se estaba impartiendo clases de manualidades pasa a ser una guardería municipal.
Un saludo.