Foros OPOSITAS

órganos competentes en función publica

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 11 entradas - de la 1 a la 11 (de un total de 11)
  • Autor
    Entradas
  • #380151
    xinna383
    Participante

    En nuestro tema 28 de función pública nos habla que el consejo de función pública lo forma “el titular de la consejería de hacienda y administración pública”…… y en cambio en la ley 6/1985 nos dice que es “el consejero de la presidencia”….

    Por otro lado en el test del tema 27, en cuanto a las funciones: lo que en la ley 6/1985 dice que le corresponde al “consejero de la presidencia”, el test nos dicen que es “del titular de la consejería de hacienda y administración pública”

    Y estoy hecha un lío ¿es que antes le correspondía a consejero de la presidencia y ahora con las modificaciones de las consejerías esas competencias la asumen el titular de la consejería de hacienda y administración pública? o ¿es porque el tema está mal?

    #380152
    Academia Opositas
    Participante

    Buenas noches xinna383,

    Hay que destacar que cuando se dictó la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, la gestión de Función Pública correspondía a la Consejería de Presidencia, por lo que la ley mantiene su literalidad; ahora bien, a fecha de hoy dicha gestión corresponde a la Consejería de Hacienda y Administración Pública.

    Ese es el motivo de la confusión.

    Ya he incluido una nota aclaratoria en los temas de función pública para evitar malentendidos.

    Un saludo.

    #380153
    xinna383
    Participante

    ok, gracias Jd

    #380154
    xinna383
    Participante

    Otra duda. En el tema 28 cuando habla de los registro de personal dice que cada administración constituirá un Registro de personal para su ámbito y que también en la Consejería de la presidencia existirá un registro General de Personal.

    Todo esto alude a que cada administración tiene el suyo propio y dicha consejería además tendrá uno GENERAL que debe de estar en concordancia con el CENTRAL (que es del Estado); por lo tanto son registros que pertenecen a diferentes órganos ¿estoy en lo cierto?

    #380155
    molina3
    Participante

    Sí, cada administración tiene su registro de personal. El del Estado está regulado en el RD 2073/1999

    [url=http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd2073-1999.html#a22]http://noticias.juridicas.com/base_dato … 9.html#a22[/url]

    El de Andalucía está en el Decreto 9/1986, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Regulador del Registro General de Personal. Éste es el que hay que estudiarse. Cae una pregunta de vez en cuando. Ha caído el art. 2 (órgano competente para llevarlo) y, sobre todo, el art. 14 (contenido). Ha sufrido importantes modificaciones por el Decreto 279/2001. Yo no he encontrado versión consolidada, por lo que te tienes que bajar los dos decretos.

    [url=http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/1986/35/d/2.html]http://www.juntadeandalucia.es/boja/bol … 5/d/2.html[/url]

    [url=http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2001/149/d/6.html]http://www.juntadeandalucia.es/boja/bol … 9/d/6.html[/url]

    #380156
    xinna383
    Participante

    Hola: En cuanto a las inscripciones registrales, que significa “Publicaciones que tengan el ISBN o ISSN”

    #380157
    molina3
    Participante

    ISBN. Identificador único de libros.

    ISSN. Identificador único de publicaciones seriadas, como diarios.

    #380158
    xinna383
    Participante

    Buenos Días

    ¿Actualmente es la consejería de la presidencia la que tiene el Registro General de Personal? Es que en nuestro tema 28 dice eso y como más adelante dice que el órgano competente para inscribir y anotar en el registro general de personal es el director general de recursos humanos y función pública (actualmente depende de la consejería de hacienda y administración pública).

    #380159
    xinna383
    Participante

    Gracias molina3, por la respuesta anterior

    #380160
    xinna383
    Participante

    Y en cuanto a la relación de puestos de trabajo para actualizar o modificar dicha relación actualmente sería competente la consejeria de hacienda y administración pública ¿verdad? aunque en nuestro temario pone que es la de Gobernación

    #380161
    Academia Opositas
    Participante

    Tienes razón xinna383, la Consejería competente actualmente es Hacienda y Administración Pública.

    El tema pone Consejería de Gobernación y Justicia porque es lo que pone el Decreto 390/1986 en su art. 10.1.

    Puedes ver el decreto en ese enlace,

    [url=https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/adj-DE390-1986.pdf?v=&codigo=/system/bodies/Contenidos_Empleado/Contenido_General/TRAMITES_LABORALES/DERECHOS_DEBERES/DECRETO_390_1986__de_10_de_diciembre/DE390-1986.pdf]https://ws045.juntadeandalucia.es/emple … 0-1986.pdf[/url]

    Un saludo.

Viendo 11 entradas - de la 1 a la 11 (de un total de 11)
  • El foro ‘Junta de Andalucía – Foro para los distintos Cuerpos de la Junta’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS

Abrir chat
1
💬 ¿Necesita ayuda?
Hola 👋
¿Puedo ayudarle?