Hola buenas tardes, ahí va mi duda:
El antiguo artículo 7.3 de la ley de presupuestos del año 2014 recogía lo que sigue: “Asimismo, para el ejercicio 2014, los créditos correspondientes a inversiones reales y transferencias de capital de los servicios Fondos Europeos y FEAGA vincularán en cada programa de gasto a nivel de capítulo y categoría de gasto o medida comunitaria.
Ahora el nuevo artículo 6.3 de la nueva ley de presupuestos de 2015 establece “Asimismo, para el ejercicio 2015, los gastos de los servicios Fondos Europeos y FEAGA vincularán en cada programa de gasto a nivel de capítulo y categoría de gasto o medida comunitaria.
¿Por favor me explican la diferencia?, ¿es que las inversiones reales capítulo 6 y transferencias de capital ya no vinculan al nivel de antes de modificar este artículo?
Muchas gracias