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Decreto 226/2020, de 29 de diciembre

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    Buenos días.

    Os expongo unas aclaraciones sobre el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.

    Se trata de un decreto para la remodelación de la estructura periférica que supondrá una ampliación con la [b]creación de cuatro nuevas delegaciones territoriales[/b] «con el objetivo de dotarla de mayor agilidad y eficacia en su funcionamiento.

    Se pretende dar más agilidad a los procedimientos para que ello redunde en un mejor servicio a la ciudadanía y el decreto contempla la posibilidad de que, al igual que el anterior texto permitía agrupar en una misma delegación territorial los servicios periféricos de varias consejerías, [u]ahora una consejería pueda organizar sus servicios periféricos a través de diversas delegaciones territoriales, siempre buscando garantizar la mejor prestación de los servicios públicos[/u].

    Esta nueva norma contempla la división de varias de las delegaciones que compartían varias consejerías, así como también la separación en la gestión territorial de dos consejerías con mucha carga competencial.

    Según este decreto:
    1. La [u]Delegación territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación[/u] [b]se desgaja en dos delegaciones[/b], separando así los servicios periféricos correspondientes a Educación y Deporte, por un lado, e Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, por otro.

    2. Igualmente, la [u]Delegación territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico[/u], [b]se divide a partir de ahora en dos[/b] con una Delegación de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio y otra en exclusiva para Cultura y Patrimonio Histórico.

    3. Por su parte, [u]la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local[/u] tendrá:
    3.1.- Una [b]Delegación territorial solo de Turismo[/b].
    3.2.- Y [b]otra para el resto de sus competencias en Regeneración, Justicia y Administración[/b].

    4. Al igual que la [u]Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible[/u], que divide su gestión provincial en:
    4.1.- La Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca, por un lado.
    4.2.- La Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible, por otro.

    Esta división en la gestión territorial viene motivada por la alta carga de trabajo soportada por los servicios periféricos de las citadas consejerías, lo que hace necesario esta nueva distribución competencial en cada provincia.

    Mientras, continúan en una misma Delegación territorial los servicios de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades y los de Salud y Familias. Igualmente, a las delegaciones del Gobierno de la Junta se les adscribirán los servicios periféricos de las Consejerías de Presidencia, Administración Pública e Interior y también las competencias de Hacienda y Financiación Europea.

    [u]El decreto aglutina en un texto toda la normativa dispersa al respecto y se basa en los principios de eficacia, desconcentración funcional y territorial[/u].

    [i]Recomiendo estudiar en detalle la Disposición adicional tercera del Decreto 226/2020, pues establece las distintas Delegaciones Territoriales actuales, se ve muy bien por tanto lo expuesto aquí.[/i]

    Un saludo, ¡sigamos!

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