Buenas,
Estoy viendo la videoclase del tema 10, la parte específica de Madrid, y no encuentro en las leyes las funciones que se indican sobre el Consejero de Economía y Hacienda .. muchas de ellas compartidas con el Consej. Presidencia. De qué ley o norma salen esas funciones? Establecer jornada trabajo funcionarios, vigilar e inspeccionar la aplicación de la normativa, Adjudicar destinos…
A mayores, tampoco encuentro que sea un órgano superior de la Función Pública.
Gracias de antemano
Marta