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2 enero, 2019 a las 10:40 am #362444
crisgaia
ParticipanteBuenos días:
En primer lugar felicitaros por este nuevo año 2019. ¡Que sea un año de prosperidad para tod@s!
Y ahora unas dudas que tengo pendientes respecto a la Transparencia y al Buen Gobierno:
El Portal de Transparencia de la AGE, ahora mismo, por lo que veo en la web ¿depende del Ministerio de Política Territorial y Función Pública?
El tercer grupo al que se le aplica esta Ley, por lo que yo entiendo, solo están obligados a hacer pública la información sobre el gasto que realizan del dinero público que reciben ¿no?
En el acceso a datos de terceros ¿se ha modificado la Ley 19/2013 por la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos? Por cierto, aunque no tiene nada que ver, ¿puedo suponer que nos caerá esta en la próxima convocatoria?
Ahora hablando de las infracciones de buen gobierno en materia económica y presupuestaria, las suscripciones de Convenios de colaboración sin informe favorable ¿de quién? ¿Actual Ministerio de Hacienda?
Es este Ministro el que ordena la incoacción del procedimiento a personas al servicio de la AGE o es la Ministra de Política Territorial y Función Pública (yo supongo que es esta, pero no estoy completamente segura). Es un lío esto de los cambios de nombre, pero no nos queda otra que saberlo, y cuando antes mejor.
Y el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno ¿está adscrito al Ministerio de Política Territorial… también? ¿Propone esta Ministra el nombramiento de su Presidente?Siento mucho hacer tantas preguntas, pero es un lío esto de cambio de nombres de ministerios y saber lo que le compete a cada uno.
Un saludo12 marzo, 2019 a las 1:29 pm #362445tutor-age1
ParticipanteBuenas tardes,
Te explico:
-El Portal de la Transparencia depende actualmente del Ministerio de Política Territorial y Función Pública.
-En cuanto al tercero grupo al cual resulta de aplicación la ley ( personas físicas y jurídicas que presten servicios públicos o ejerzan potestades administrativas), estarán obligadas a suministrar a la Adminis-tración, organismo o entidad de las previstas en el artículo 2.1 a la que se encuentren vinculadas, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento por aquéllos de las obligaciones previstas en este título. Esta obligación se extenderá a los adjudicatarios de contratos del sector público en los términos previstos en el respectivo contrato. Por lo tanto son meras obligaciones de suministro de información al ente, organismo, etc,. del que dependen, y previo requerimiento de éstos.
-Sí, efectivamente la Ley de Transparencia ha sido modificada por la nueva LO 3/2018 de Protección de Datos, introduciendo un nuevo art. 6 bis y el art. 15.
Esta ley es posible que nos entre en el temario. Habrá que esperar a la convocatoria. De cualquier modo, habría que incluir solamente algunos puntos que la ley orgánica desarrolla respecto al Reglamento Europeo.
-Art. 28 i) La suscripción de un Convenio de colaboración o concesión de una subvención a una Administración Pública que no cuente con el informe favorable del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas previsto en el artículo 20.3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril (DEBEMOS ENTENDER QUE DICHA REFERENCIA ES AL ACTUAL MINISTERIO DE HACIENDA).
-En cuanto al quién es el Ministerio competente, cuando estemos ante presuntos responsables que sean personas al servicio de la Administración General del Estado, será competente el Ministro de Política Territorial y Función Pública.
-Por último el Consejo de la Transparencia y Buen Gobierno está actualmente adscrito al Ministerio de Politica Territorial y Función Pública.
El Presidente del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno será nombrado por un período no renovable de cinco años mediante Real Decreto, a propuesta del titular del Ministerio de Política Territorial y Función Pública.
Espero haberte aclarado tus dudas.
Saludos.
12 marzo, 2019 a las 5:57 pm #362446crisgaia
ParticipanteSí, gracias.
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