😀
Sobre lo que me preguntaste de la excedencia por interes particular, no te puedo decir fechas porque no la sé te puedo hacer un pequeño resumen de lo que yo tengo.
Te la dan de oficio por no solicitar el reingreso o a petición del funcionario: 5 años anteriores de servicio y te la pueden negar por necesidades del servicio o por estar sujeto a expediente disciplinario.
MINIMO 2 AÑOS.
No tienes ningún drecho.
Te la autoriza el DG y el reingreso también el DG.
Espero que te sirva de algo, así es como me lo han explicado en mi academia.
Suerte, que ya queda muy poco. 😉