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30 abril, 2019 a las 11:04 am #362514
crisgaia
ParticipanteBuenas tardes :
Siguiendo con el tema de la Unión Europea tengo una pregunta. He estado mirando la web del Consejo, mirando esto de los distintas formas de voto y me he encontrado con que, por lo que he entendido en el vídeo (aquí el link por si queréis echarle un ojo: https://www.consilium.europa.eu/es/council-eu/voting-system/) a partir del 2017 la mayoría cualificada se consigue con un mínimo de 260 votos favorables sobre 352 que representen a 15 Estados miembro.
¿Esto se utiliza es sustitución de la anterior? ¿Se aplica solo a determinadas materias? ¿Con cuál nos quedamos? , porque explica las dos…Un saludo
30 abril, 2019 a las 11:04 am #362515crisgaia
ParticipanteBuenas tardes :
Siguiendo con el tema de la Unión Europea tengo una pregunta. He estado mirando la web del Consejo, mirando esto de los distintas formas de voto y me he encontrado con que, por lo que he entendido en el vídeo (aquí el link por si queréis echarle un ojo: https://www.consilium.europa.eu/es/council-eu/voting-system/) a partir del 2017 la mayoría cualificada se consigue con un mínimo de 260 votos favorables sobre 352 que representen a 15 Estados miembro.
¿Esto se utiliza es sustitución de la anterior? ¿Se aplica solo a determinadas materias? ¿Con cuál nos quedamos? , porque explica las dos…Un saludo
30 abril, 2019 a las 3:42 pm #362516Jessicacoll
ParticipanteBuenas tardes, Crisgaia:
Hemos movido tu duda a un post nuevo dentro del foro para que sea más visible para nuestros preparadores.
Te rogamos que con cada duda inicies tema nuevo, de esta manera nos aseguraremos que ninguna se quede sin contestar.
Un saludo.
1 mayo, 2019 a las 6:45 am #362517crisgaia
ParticipanteBuenos días :
Así lo haré a partir de ahora. Perdón por las molestias que haya podido causar.
Un saludo
2 mayo, 2019 a las 7:55 am #362518tutor-age1
ParticipanteBuenos días,
En relación al sistema de votación en el seno del Consejo de la UE, debes tener claro lo siguiente:
Dependiendo del tema objeto de debate, el Consejo de la UE toma sus decisiones por:
• mayoría simple (voto a favor de 15 Estados miembros)
• mayoría cualificada, que requiere el voto favorable del 55 % de los Estados miembros, que representen al menos el 65 % de la población de la UE
• votación por unanimidad (todos los votos a favor)La mayoría de las cuestiones requieren hoy día mayoría cualificada, habiendo eliminado el sistema del voto ponderado al que aludías, en el que a cada país se le asignaban un número de votos, sustituyéndose éste por la mayoría cualificada o doble mayoría, que consiste en lo siguiente:
Cuando el Consejo vota una propuesta de la Comisión o de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, se alcanza una mayoría cualificada si se cumplen dos condiciones:
•el 55 % de los Estados miembros vota a favor, lo que en la práctica significa 16 de los 28 Estados miembros
•los Estados miembros favorables a la propuesta representan al menos el 65 % de la población total de la UEEste procedimiento también se conoce como regla de la «doble mayoría».
La minoría de bloqueo se constituye con al menos cuatro miembros del Consejo que representen más del 35 % de la población de la UE.
Cuando el Consejo vota propuestas que no emanan de la Comisión ni de la Alta Representante, las decisiones se adoptan si:
•al menos el 72 % de los miembros del Consejo vota a favor
•estos representan al menos el 65 % de la población de la UE2 mayo, 2019 a las 9:52 am #362519crisgaia
ParticipanteBuenos días:
Gracias por aclararlo, lo había entendido yo mal. Así queda mucho más claro, aunque de todos modos sigue siendo enredoso.
Un saludo.
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