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2 mayo, 2009 a las 10:13 am #355039Academia OpositasParticipante
Hola Analven:
no tiene porqué relacionarse exclusivamente con el Consejo de la Unión Europea. En este caso vendría a representar a una “votación por unanimidad”.Un saludo.
6 mayo, 2009 a las 3:33 pm #355040mpguerreroParticipanteHola a todos,
Hola CR, cómo ves esta explicación? lejana de la traducción al castellano que se hace de las Instituciones de la Unión Europea?
Los términos utilizados en la Unión Europea con cierta frecuencia son poco claros. Aquí va un ejemplo, en el que hay que recurrir a la versión inglesa de la web de la UE para salir de dudas.
Si leemos esta web, nos indica como se elige y nombra el presidente de la Comisión
[url=http://ec.europa.eu/commission_barroso/president/personal/role/index_en.htm]http://ec.europa.eu/commission_barroso/ … dex_en.htm[/url]
How are the other Members of the Commission appointed?
The President appoints his fellow Commissioners in agreement with the governments of the Member States. He entrusts each of them with particular policy responsibilities. After a series of individual hearings before Parliamentary committees, the candidate-Commissioners are subject as a body to a vote of approval by the European Parliament. The President and the other Members of the Commission [b]are then appointed by the Council. [/b][b]Pero quien es el Council?[/b]
[url=http://www.consilium.europa.eu/showPage.aspx?id=242&lang=en]http://www.consilium.europa.eu/showPage … 42&lang=en[/url]
The Council is the main decision-making body of the European Union
The ministers of the Member States meet within the Council of the European Union. Depending on the issue on the agenda, each country will be represented by the minister responsible for that subject (foreign affairs, finance, social affairs, transport, agriculture, etc.).
The presidency of the Council is held for six months by each Member State on a rotational basis.
Sin dar más vueltas al tema, si el council es el consejo de ministros o consejo de la unión europea , veis claro quien nombra al Presidente de la Comisión?
Nos vemos en la tutoría.
6 mayo, 2009 a las 5:05 pm #355042SeFeParticipanteHasta ahora no había participado en el foro, pero este tema es algo que no está claro del todo y creo que seguiré investigando. No dudo de los conocimientos de Cr sobre el tema, pero hace tiempo mandé un email a un profesor de la Universidad de Valencia, especializado en Derecho Internacional y me contestó a las siguientes dudas:
1ª DUDA: El Consejo, reunido en su formación de Jefes de Estado o de
Gobierno y por mayoría cualificada, designará a la personalidad a la que se proponga nombrar Presidente de la Comisión; el Parlamento Europeo deberá aprobar dicha designación.*Yo entiendo que el Consejo que aquí se refiere es el Consejo Europeo, ¿No?
RESPUESTA: Pues no, es el Consejo de la UE, es decir, el consejo de ministros, PERO INTEGRADO POR LOS JEFES DE ESTADO O DE GOBIERNO. Es decir, en lugar de acudir los ministros, acuden los presidentes o primeros ministros. No es el Consejo Europeo. En el manual Instituciones y Derecho de la UE ( de Diego Liñán y A. Mangas, ed. Tecnos) tiene la explicación en el tema del Consejo, en el apartado sobre su composición.
2º El Consejo, por mayoría cualificada y de común acuerdo con el
Presidente designado, adoptará la lista de las demás personalidades a las que se proponga nombrar miembros de la Comisión, establecida de
conformidad con las propuestas presentadas por cada Estado miembro.RESPUESTA: Es el Consejo de la UE o consejo de ministros. Siempre que se dice “el Consejo”, se alude al Consejo de la UE o de ministros. EL
Consejo Europeo aparece mencionado siempre como tal Consejo Europeo.3º El Presidente y los demás miembros de la Comisión designados de
este modo se someterán colegiadamente al voto de aprobación del
Parlamento Europeo. Una vez obtenida la aprobación del Parlamenteo Europeo, el Presidente y los demás miembros de la Comisión serán nombrados por el Consejo por mayoría cualificada.¿Aquí a qué Consejo se refiere? ¿Al Consejo Europeo también o al
Consejo de la Unión Europea?RESPUESTA: Lo mismo de lo mismo.
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Después de recibir ese e-mail yo creo que es el CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA siempre, porque hay que tener en cuenta que el CONSEJO EUROPEO sólo se ocupa de dar instrucciones políticas, etc. no decide nada, aunque según tengo entendido, con el Tratado de Lisboa se le quiere dar más importancia y más competencias, así que este tema se puede enreversar todavía más. Para mí que no se aclaran ni ellos mismos.
6 mayo, 2009 a las 6:11 pm #355043Academia OpositasParticipanteHola Sefe:
permíteme dos apuntes:1. destacar tu última frase “no se aclaran ni ellos”
2. ante la respuesta de un profesor de derecho internacional… no puedo hacer otra cosa que aprender como un alumno más.
Ahora bien, lo que no me convence es el Consejo de la Unión Europea formado con los Jefes de Estado (esto siempre ha sido el Consejo Europeo).
Por otro lado, si es cierto que cuando hablan de “Consejo” se suelen referir al de Ministros (vamos, al de la UE), aunque este profesor lo asegura pero yo os recomiendo que no lo déis por sentado siempre que lo veais “abreviado”.
Por último, Sefe, me quito el sombrero por tu trabajo de investigación al respecto. Una aportación interesantísima para el foro y de un gran nivel.
Muchas gracias por compartirlo.
Un saludo
6 mayo, 2009 a las 6:17 pm #355044litoParticipanteHola. Entonces, ¿al final era lo que yo decía desde el principio?.
6 mayo, 2009 a las 6:58 pm #355045SeFeParticipanteHola Cr, pues a mi tampoco me convenció mucho que el Consejo formado con los Jefes de Estado fuera el Consejo de la Unión Europea (en este caso), pero es que por lo visto como han apuntado analven la traducción al castellano marea mucho la perdiz y crea problemas de interpretación como éste. Quizá el problema esté ahí, en la traducción.
Desde luego es un tema muy complicado, por eso decidí ponerme en contacto con un profesor de la universidad. Ahora, eso sí, dudo mucho que los del Tribunal del examen lleguen a este nivel, así que mejor aprenderse literalmente lo que dice el Tratado, porque seguro que si preguntan algo relacionado con el tema, será sencillo de responder y no jugarán con el Consejo de la Unión Europea y Consejo Europeo, más que nada porque yo me encargaré de impugnarlo en su caso, jeje.
Saludos.
7 mayo, 2009 a las 9:47 am #355046Academia OpositasParticipanteSefe, totalmente de acuerdo. Como bien dices, las preguntas del tema de Europa no suelen profundizar demasiado en la materia.
Ahora bien, después de todo este análisis… que menos que añadir un par de notas aclaratorias y explicativas de este concepto en el temario. Evitarán quebraderos a los nuevos alumnos.
Fatiportuense, sobre tener la razón… depende de la interpretación y ahí no va a entrar el tribunal (eso es seguro, lo que me hace recomendarte que no le dediquemos más tiempo que el resto del temario nos espera).
Un saludo
29 septiembre, 2009 a las 4:20 pm #355047SeFeParticipanteSigo pensando que la 19 es la b) y por eso les he escrito para que lo rectifiquen.
Saludos.
29 septiembre, 2009 a las 9:12 pm #355048david73ParticipanteHola SeFe, estoy totalmente de acuerdo con tu opinión.
Te agradecería dejases puesto en este hilo el contenido de tu escrito de impugnación para que, los que estemos de acuerdo, podamos presentarlo con los mismos argumentos. Así tendrá más fuerza.
Muchas gracias y un saludo.29 septiembre, 2009 a las 9:19 pm #355049SUSANA PÉREZ CABELLOParticipanteHola, yo también quiero impugnar esta pregunta y también me gustaría ver el escrito. Lo que no sé es si lo tengo que mandar por correo o presentarlo directamente en la Subdelegación.
Un saludo.29 septiembre, 2009 a las 9:23 pm #355050david73ParticipanteHola Alejandrina, creo que se puede enviar por correo, pero yo personalmente prefiero ir a la Subdelegación y entregarlo personalmente, lo veo más seguro. En ese instante te ponen el sello en tu copia del escrito.
Un saludo y suerte.29 septiembre, 2009 a las 9:28 pm #355051SUSANA PÉREZ CABELLOParticipanteGracias, pues eso haré. Suerte para ti también.
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