La encomienda de gestión es cuando los órganos administrativos órganos o entidades de la misma o de distinta administración el ejercicio o gestión de actuaciones materiales No supone el traspaso de la titularidad de la competencia . Yo entiendo que le indican que
tienen que hacer y como y donde y cuando … , es decir,
una cuestion concretando lo que hay que hacer y como
lo deben hacer
La delegación de competencias se supone que es
una transferencia de éstas, entiendo que se transfiere
el ejercicio de la competencia pero no su titularidad, es
decir, les delegan la competencia que tienen que cumplir
y les dejan cierto margen de actuación para que lo hagan
a su manera, cumpliendo el objetivo
de nuevo no se si estoi en lo cierto
yo lo entiendo mas o menos asi
un saludo