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Supuesto III Examen PI 2015

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
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  • #364266
    Maria Puertollano
    Participante

    (Para no copiarlo entero y que no lo tengas que buscar, te transcribo la parte a la que me refiero:
    La Dirección de TI y comunicaciones de la AGE (DTIC), con rango de subsecretaria y dependiente orgánicamente de la Secretaría de Estado de Admones publicas del Ministerio de Hacienda, ha decidido poner en marcha un nuevo portal de administración electrónica. (…) ahora desarrolla una serie de gastos, el mas grande por valor de 300.000 euros y pregunta:

    PR2.- siguiendo lo establecido en la LGP, la competencia para aprobar y comprometer los gastos del Servicio 29 (DTIC) corresponde:
    A.- Al secretario de estado de Adm.Publica
    B.- Al ministro de hacienda y AP
    C.- Al director de Tecnologías de Informa…
    D.- Al subsecretario de hacienda y AP.

    En relación a ese supuesto y a las competencias en materia de gestión del gasto, la ley 40 atribuye competencia a los ministros, secretarios de estado y subsecretarios.

    1.- ¿Se puede asimilar al Director de este organismo en materia de gestión del gasto al subsecretario?
    2.- ¿Como distingo cuando le corresponde autorizar el gasto a cada uno de ellos si no dice nada? Por defecto al ministro?

    Gracias como siempre,

    #364267
    tutor-age1
    Participante

    Hola, hay que ver varias cuestiones pero no creo que te resulte difícil comprenderlo, en primer lugar cuidado con los exámenes antiguos, quiero decir que no está demás que se miren pero siempre con la precaución de las normas que había en vigor en ese momento. El examen al que haces referencia se celebró el 26-02-2016 y la Ley 40/2015 aunque ya estaba publicada no entraba en vigor hasta octubre de 2016.

    la pregunta no es dudosa, la respuesta correcta es la b) y para verificarla nos vamos al artículo 74 de la LGP, que dice “Corresponde a los Ministros y a los titulares de los demás órganos del Estado con dotaciones diferenciadas en los Presupuestos Generales del Estado aprobar y comprometer los gastos propios de sus presupuestos, salvo los casos reservados por la Ley a la competencia del Consejo de Ministros”,
    Según el enunciado del supuesto, sí, la DTIC tiene rango de subsecretaría.
    Y con respecto a tu última cuestión, en efecto la Ley 40/2015 otorga competencias en materia de aprobación y compromiso de gastos a los Ministros, Secretarios de Estado y Subsecretarios, pero hace referencia que los dos últimos siempre dentro de las cuantías que en su caso establezca el Ministro al efecto.
    También la LGP nos dice que con respecto a esta materia, las facultades a que se refieren los anteriores números podrán desconcentrarse mediante real decreto acordado en Consejo de Ministros, o ser objeto de delegación en los términos establecidos reglamentariamente.
    También recordarte que si la autorización y compromiso del gasto superan los 12 millones de euros, necesitan autorización del consejo de ministros, que ademas implica la aprobación del gasto.
    Si se trata de una subvención superior a 12 M euros también necesita la autorización del consejo de ministros pero en este caso NO implica la aprobación del gasto.
    Si se trata de un contrato cuyo valor se IGUAL o SUPERIOR a 12 M euros también necesita autorización del consejo de ministros.

    un saludo.

    #364268
    Maria Puertollano
    Participante

    Estupendo, si no indica los límites de la cuantias, le correspondería al ministro (con la salvedad del tope de 12.000.000)

    Gracias!

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