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SE PUEDE PROMOCIONAR?

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 22)
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    Entradas
  • #363258
    FRED
    Participante

    Una duda que me asalta,
    Si estoy en la situación de “Excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público” en el grupo C2, pej, ¿el tiempo que esté en dicha situación computa para luego poder presentarme por promoción interna en el grupo C1?
    Por favor si alguien lo sabe con seguridad me haría un gran favor contestandome.
    Gracias y saludos.

    #363259
    FRED
    Participante

    Nadie lo sabe? Algún administrador o algo?
    Venga gracias.

    #363260
    jmartinezll
    Participante

    Hola Fred,

    Basta con echar un vistazo al EBEP y pasarse por el Artículo 88. Servicio en otras Administraciones Públicas para ver en su punto 3 que:

    3. Los funcionarios de carrera en la situación de servicio en otras Administraciones Públicas que se encuentren en dicha situación por haber obtenido un puesto de trabajo mediante los sistemas de provisión previstos en este Estatuto, se rigen por la legislación de la Administración en la que estén destinados de forma efectiva y [b]conservan su condición de funcionario de la Administración de origen y el derecho a participar en las convocatorias para la provisión de puestos de trabajo que se efectúen por esta última.[/b] El tiempo de servicio en la Administración Pública en la que estén destinados se les computará como de servicio activo en su cuerpo o escala de origen.

    #363262
    eli29
    Participante

    Hola Fred, yo estoy igual que tu, la plaza de Auxiliar del Estado la tengo en excedencia por prestación de servicios en el sector público. Sí podemos hacer la promoción como bien ha dicho jmartinez, yo creo que lo intentaré en ambas, en la que ocupo ahora de la Junta y en la del Estado.

    #363263
    FRED
    Participante

    Gracias por vuestras respuestas.
    Según tenia entendido, para poder promocionar, deberías estar dos años de servicio activo (o eso me ha comentado la gente a la que he preguntado)
    Al estar en excedencia, no estas en servicio activo en la Administración en la que tienes la excedencia.
    Es decir, si trabajo en la Junta y estoy en excedencia en el Estado, ¿Seguro que podré presentarme por promoción interna en ambas al pasar los dos años?
    Gracias.

    #363264
    jmartinezll
    Participante

    Hola Fred:

    Tu que entiendes de esta frase:

    “El tiempo de servicio en la Administración Pública en la que estén destinados se les computará como de servicio activo en su cuerpo o escala de origen.”

    Pues yo entiendo que también te cuenta como servicio activo en la plaza de origen.

    En fin, a ver si algún tutor con más experiencia os puede confirmar esto…

    #363265
    FRED
    Participante

    Cierto jmartinez, leyendo esa frase yo lo entiendo como tú.
    Pero como han sido varias las personas que me han dicho que ese tiempo no computaba para poder promocionar, pues no lo tengo claro.
    Espero que algún tutor nos saque de la duda.

    Yo me pregunto: ¿No será que no es lo mismo “Excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público” que “servicio en otras Administraciones Públicas” ?

    De todas formas, muchas gracias por contestar y a ver si alguien nos puede aclarar esto con cien por cien de seguridad.

    #363266
    jmartinezll
    Participante

    Yo me pregunto ¿existe la excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público?

    Entoces me voy al EBEP y ….

    Artículo 89. Excedencia.
    1. La excedencia de los funcionarios de carrera podrá adoptar las siguientes modalidades:
    a. Excedencia voluntaria por interés particular.
    b. Excedencia voluntaria por agrupación familiar.
    c. Excedencia por cuidado de familiares.
    d. Excedencia por razón de violencia de género.

    No encuentro esa excedencia ¿será que no existe como tal?

    #363267
    FRED
    Participante

    Claro que existe:

    Art 15 del RD 365/1995, de 10 de Marzo.

    “Excedencia voluntaria por prestación de servicios en el SP”

    #363268
    eli29
    Participante

    Sí existe, además de como ha dicho Fred, yo me fijo más que nada porque en la documentación que yo tengo y que me dieron en la Delegación del Gobierno me pone claramente que la plaza de Auxiliar de la AGE la tengo en excedencia por prestación de servicios en el sector público.
    Yo sigo pensando que sí podemos presentarnos a la promoción interna. Pero tengo una duda más, si se quiere pedir el reingreso a la AGE, alguien sabe lo que hay que hacer?dónde se puede preguntar?yo en mi trabajo en la Junta voy al Servicio de Personal y punto, pero con respecto a los temas de Personal del Estado…quién lo lleva? en la Delegación del Gobierno?el caso es que he preguntado y nadie sabe nada, dicen que lo llevan en la Secretaría General en Madrid, también he preguntado hace más de dos semanas y todavía no me han respondido…..en fin.
    Gracias.

    #363269
    FRED
    Participante

    La verdad es que como bien dices eli29, uno a veces se siente un poco frustado al no saber a quien tener que dirigirse para que te resuelvan las dudas. Como bien dices, la mayoría de la gente, no te asegura a ciencia cierta, cosas importantes y dudas que nos asaltan a la mayoría de nosotros.
    Yo pienso que para solicitar el reingreso, tendrías que hacerlo a través de un concurso de traslados, pero tampoco lo se seguro.
    Y sobre lo de poder promocionar, estando en excendencia, pues desde Julio que hice la consulta, aún no tenemos una respuesta contundente que nos asegure que sí se puede hacer.
    Gracias a todos por contestar y suerte en vuestros trabajos!!!

    #363270
    FRED
    Participante

    La verdad es que como bien dices eli29, uno a veces se siente un poco frustado al no saber a quien tener que dirigirse para que te resuelvan las dudas. Como bien dices, la mayoría de la gente, no te asegura a ciencia cierta, cosas importantes y dudas que nos asaltan a la mayoría de nosotros.
    Yo pienso que para solicitar el reingreso, tendrías que hacerlo a través de un concurso de traslados, pero tampoco lo se seguro.
    Y sobre lo de poder promocionar, estando en excendencia, pues desde Julio que hice la consulta, aún no tenemos una respuesta contundente que nos asegure que sí se puede hacer.
    Gracias a todos por contestar y suerte en vuestros trabajos!!!

    #363271
    amnauj
    Participante

    Yo estoy igual que vosotras.
    Mi plaza de aux. en el Estado la tengo en excedencia, porque estoy en activo en la JCCM, también como auxiliar.
    Puedes volver al Estado por concurso de traslados, o solicitar el reingreso por adscripción provisional.
    Este reingreso se solicita a la DG de la Función Pública y ellos revisan si hay alguna plaza libre en los Municipios a los que les has dicho que querías reingresar. Si la encuentran, reingresas, si no, te contestan que actualmente no hay plazas.
    Esto último por lo visto está pasando habitualmente ya que con la crisis no hay incorporaciones así como así.
    De todas formas hay organismos considerados “prioritarios” a la hora de que se incorpore personal desde una excedencia. En la OEP para el año 2010, aparecen estos organismos.
    Yo también quiero volver al Estado, pero creo que voy a esperar un poco, por si me dicen que no. 😥

    #363272
    amnauj
    Participante

    Ah, y con respecto a la promoción interna, yo entiendo que sí te cuenta el tiempo de servicio en otra Administración, lo único que a la hora de la promoción, tienes que tener destino definitivo en la AGE.

    No recuerdo de dónde saqué las bases para la PI, el caso es que dice textualmente que pueden participar

    2.2.1.:
    – funcionarios de carrera C2 de la AGE.
    – funcionarios de carrera C2 de Correos.
    – funcionarios de carrera C2 del resto de las Administraciones incluidas en el art. 2.1 del EBEP, con destino definitivo en la AGE

    2.3:
    y haber prestado servicios efectivos durante, al menos, 2 años
    2.3.1. (en el caso del personal funcionario de carrera) como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 mencionados en el punto 2.2.1.

    #363273
    eli29
    Participante

    Muchas gracias Killbill, lo del concurso lo sabía, mi duda era cómo pedir el reingreso fuera de concurso, es decir pedir el reingreso condicionado a un determinado lugar, pero sobre todo eso de la adscripción porivisional, quiere decir que en el siguiente concurso estás obligado a concursar?? y si no sale ninguna plaza en tu ciudad? yo no soy de CLM por eso mi interés por reingresar al Estado algún día, pero claro si luego te obligan a concursar a lo mejor te sale peor que quedarte donde estabas.
    Y por otro lado lo de la promoción, como bien dices también pone que pueden participar los funcionarios del resto de Administraciones, por tanto yo entiendo que ahí entramos nosotros.
    Bueno, esto es un lío la verdad, gracias por contestar.
    Saludos.

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