Hola buenos días en el reglamento del régimen disciplinario de los funcionarios civiles del estado, dice que una vez concluido el procedimiento sancionador y se resuelve con la sanción, es el Ministro de la Presidencia, la que la emite si es una falta muy grave en materia de incompatibilidad, ¿es eso ahí exactamente?. No sería el Ministerio de Política Territorial y Administración Pública. Como no tengo claro sí ésta fubnción se ha transpasado a dicho ministerio o es una función propia del Ministerio del Interior.
Muchas gracias de antemano, un saludo.