Buenos días,
Tengo una duda, en la ley del gobierno en el articulo 9.3, dice que El Director del secretariado del gobierno ejercera la secretaria adjunta de la comision general de secretarios de etado y subsecretarios.
Yo entiendo, que la secretaría, la ejerce entonces, EL DIRECTOR DEL SECRETARIADO DEL GOBIERNO.
Ahora bien, como añade “adjunta”, en su art. 8.3 dice que ( El Director del secret. del gob) la ejercera en la comision general en caso de ausencia, vacante ó enfermedad.
Mi pregunta está en saber si es la misma persona, quien ejerce la secretaría en el art. 9.3, o sea EL DIRECTOR DEL SECRETARIADO DEL GOB.
Espero haberme expresado. Por que es lioso.
Gracias¡¡