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2 febrero, 2020 a las 5:33 pm #364875
LorenaT
ParticipanteBuenas tardes,
Quisiera empezar por disculparme por mi insistencia con el tema de las dudas ? al tiempo que agradezco el esfuerzo que dedicáis a resolverlas.
1. En cuanto al nombramiento y separación de miembros del gobierno o la AGE, así como de la supresión, modificación y creación de sus órganos:
• El órgano que propone, ¿será siempre el que refrenda al rey?. Nombrado por real decreto a propuesta del Presidente del Gobierno y nombrado por real decreto a propuesta y con refrendo del Presidente del Gobierno, ¿es lo mismo o no tiene porqué?
• ¿Hay alguna diferencia entre el nombramiento y separación de ministros con o sin cartera? En uno de los esquemas del campus encuentro lo siguiente (ver adjunto)
[attachment=612]Imagen1.png[/attachment]2. Atendiendo a los siguientes artículos, quisiera saber si hay alguna diferencia entre la responsabilidad de los miembros del gobierno y de la Age. Por otra parte, ¿Podríais explicar también la diferencia entre la responsabilidad profesional, personal y directa?
[i]Ley 40 / 2015 – Artículo 55.11
11. Sin perjuicio de lo previsto en la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, los titulares de los órganos superiores y directivos son nombrados, atendiendo a criterios de competencia profesional y experiencia, en la forma establecida en esta Ley, siendo de aplicación al desempeño de sus funciones:
a) La responsabilidad[b] profesional, personal y directa[/b] por la gestión desarrolladaLey 50 / 1997 – Artículo 2. Del Presidente del Gobierno.
1. El Presidente dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de los demás miembros del mismo, sin perjuicio de la competencia y responsabilidad [b]directa[/b] de los Ministros en su gestión.
[/i]3. Durante la tutoría realizada el lunes sobre el tema de la AGE me pareció entender que los subdirectores generales nunca van a poder depender del director general. Sin embargo, encontramos esquemas en campus que nos muestran claramente esta relación (ver adjunto). Además, el artículo 67 establece: “Los Subdirectores generales son los responsables inmediatos, bajo la supervisión del Director general o del titular del órgano del que dependan…. “. ¿Podríais aclarar este punto? ¿es posible que sea porque el director general supervisa la subdirección general aunque no sea un órgano dependiente del mismo?
[attachment=613]Imagen2.png[/attachment]4. Repasando la tutoría del lunes también me ha surgido la duda de la diferencia entre la figura de director insular y cabildo/consejo insular. Yo pensaba que el director insular era un órgano de la AGE mientras que cabildo/consejo insular son órganos autonómicos. ¿estoy en lo cierto? ¿el cabildo / consejo insular tiene cabida en la estructura de la AGE?
5. Por último, me confundo mucho con el inicio/fin del mandato de las cortes y del gobierno:
• El mandato de las cortes generales termina 4 años después de que se haya producido la elección (¿independientemente de cuando se produzcan elecciones?). La diputación permanente del congreso prolonga el mandato hasta la constitución de la nueva cámara.
• Sin embargo, en el caso del gobierno, cesa tras las nuevas elecciones generales pero queda en funciones hasta la toma de posesión del nuevo gobierno.¿es esto correcto?
Finalmente, ¿La toma de posesión se realiza durante la sesión constitutiva o en un acto diferente?
Muchísimas gracias por adelantado por vuestra ayuda,
Lorena7 febrero, 2020 a las 12:43 pm #364876tutor-age1
ParticipanteBuenas tardes, Lorena.
Paso a responder a cada una de tus dudas de forma separada, haciendo hincapié en algunos aspectos que considero muy importantes a tener en cuenta para que no te “agobies” más de lo estrictamente necesario en el estudio. Vamos a ello:
[b]Pregunta 1. Nombramiento, supresión y modificación de los miembros del Gobierno y de sus órganos.[/b]
Conforme al [color=blue]artículo 1 de la Ley del Gobierno (LG)[/color], [u]el Gobierno se compone del Presidente, del Vicepresidente o Vicepresidentes, en su caso, y de los Ministros[/u].
Posteriormente, en el [color=blue]artículo 2.2 h) de la LG[/color], entre las funciones del Presidente del Gobierno está la de refrendar, en su caso, los actos del Rey y someterle, para su sanción, las leyes y demás normas con rango de ley, de acuerdo con lo establecido en los artículos 64 y 91 de la Constitución. Este [color=blue]artículo 64 de la CE[/color] es muy importante y es la base de tu pregunta:
[i]1.[u] Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno[/u] y, en su caso, por los Ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista en el artículo 99, serán refrendados por el Presidente del Congreso.
2. De los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden.[/i]
No mezclemos conceptos que no debamos, cada cual en su lugar, REFRENDO por un lado y NOMBRAMIENTOS A PROPUESTA DE por otro lado, si no al final es un caos. En el esquema de Creación, modificación y supresión se ve muy bien estos detalle, pero no se menciona el refrendo.
El artículo 12 de la LG dice lo siguiente: “[u]Los Vicepresidentes y Ministros serán nombrados y separados por el Rey, a propuesta del Presidente del Gobierno”[/u]. A lo cual añadimos nosotros que el nombramiento de los Ministros sin cartera, en caso de que existan, se llevará a cabo por Real Decreto. Lo que sí diferenciamos es su función, estos últimos llevan a cabo funciones gubernamantales.
7 febrero, 2020 a las 1:33 pm #364877tutor-age1
Participante[b]Pregunta 2. Responsabilidad de los miembros del Gobierno y de la AGE. Responsabilidad profesional, personal y directa.[/b]
Decirte en primer lugar que la [i]Ley 40/2015, de 1 de octubre[/i] es muy importante en la estructura de la AGE, centrándonos en el artículo 55 objeto de tu pregunta, hay que tener claro los ÓRGANOS CENTRALES (superiores y directivos) y los ÓRGANOS TERRITORIALES.
Cito textualmente el texto de tu duda:
Art. 55.11. Sin perjuicio de lo previsto en la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, los titulares de los órganos superiores y directivos son nombrados, atendiendo a [color=blue]criterios de competencia profesional y experiencia[/color], en la forma establecida en esta Ley, siendo de aplicación al desempeño de sus funciones:
a) La responsabilidad profesional, personal y directa por la gestión desarrollada.
b) La sujeción al control y evaluación de la gestión por el órgano superior o directivo competente, sin perjuicio del control establecido por la Ley General Presupuestaria.
Dos cosas en cuanto a este apartado, una, tener en cuenta los criterios a los que hace mención y por otro lado, al hablar de [u]responsabilidad profesional, personal y directa[/u] se refieren a distintos tipos de responsabilidades pero que en absoluto a ti te deben de preocupar de cara al examen. Te explico, en el ejercicio de sus funciones, a cada uno de los titulares de esos órganos se les valora cómo deben de responder por sus actos en función de la actividad prestada de acuerdo a su profesión (responsabilidad profesional) y la responsabilidad personal es la propiamente adquirida, la que uno mismo tiene (es el valor que tú le das a tu trabajo).
En cuanto a las responsabilidades, cada uno de los miembros, ya sea del Gobierno o de la AGE, están sujetos a determinadas responsabilidades, dependiendo del ejercicio de su cargo. Aprovecho para comentarte que, debemos de estar atentos a diferentes artículos como los siguientes:
– Art. 108 CE: El Gobierno responde solidariamente en su gestión política ante el Congreso de los Diputados. Esta es la responsabilidad política.
– Art. 26 LG. Control de los actos del Gobierno.
– Art. 102.1 CE. La responsabilidad criminal del Presidente y los demás miembros del Gobierno será exigible, en su caso, ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.7 febrero, 2020 a las 1:35 pm #364878tutor-age1
Participante[b]Pregunta 3. Subdirectores Generales[/b]
Aquí Lorena tu misma respondes a tu duda, efectivamente una cosa es que una Subdirección General actúe bajo la supervisión de una Dirección General y otra es de quién dependan jerárquicamente, que tiene que ser un órgano de rango superior a Dirección General (subsecretario o Secretario General) o un órgano superior (Ministro o Secretario de Estado).
[b]Pregunta 4. Director Insular[/b]
Dependiendo de la isla hablaremos en el caso de Canarias de Cabildo y en el caso de Baleares de Consejo Insular, ambos forman parte de la Administración territorial de AGE, y el artículo 70 de la Ley les otorga las competencias atribuidas a los Subdelegados del Gobierno. En ambos casos dependerán del Delegado del Gobierno.
7 febrero, 2020 a las 2:18 pm #364879tutor-age1
Participante[b]Pregunta 5. Mandato de las Cortes Generales y del Gobierno[/b]
El mandato de las Cortes Generales es de 4 años, salvo en caso de disolución anticipada. Tanto en el caso del Congreso como del Senado, son elegidos por cuatro años y el mandato de Diputados y Senadores, respectivamente, termina cuatro años después de su elección o el día de la disolución de la Cámara.
En el Título IV de la Ley del Gobierno se regula el Gobierno en funciones, título que recomiendo estudiar con detalle y del cual cito lo siguiente: “El Gobierno cesante continúa en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno, con las limitaciones establecidas en esta Ley.” Hago uso de esta frase para poner el ejemplo del Gobierno que hasta hace muy poco hemos tenido durante un periodo de tiempo, donde el Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez lo ha sido en funciones, de lo cual es importante destacar que durante ese periodo no se pueden ejercer ciertas facultades, muy importantes por cierto.
La figura de la [color=blue]Diputación Permanente[/color] es crucial, como órgano constituido en cada una de las cámaras y que tienen asignadas funciones muy importantes, entre las cuales encontramos velar por los poderes de la Cámara cuando ésta no esté reunida.
La toma de posesión se lleva a cabo ante el Rey. La celebración tiene lugar en el Palacio de la Zarzuela, tras la publicación del nombramiento en el BOE. Tras este acto, en los respectivos ministerios se lleva a cabo el cambio de “carteras”.
Espero que hayan quedado resueltas tus dudas.
Un saludo.
24 febrero, 2020 a las 9:41 pm #364880LorenaT
ParticipanteBuenas noches,
Siento mucho no haber respondido antes a este mensaje, he estado muy liada y necesitaba un rato de tranquilidad para analizar las respuestas y comprobar si realmente entendía la materia.
En cuanto a la pregunta 5, sigo sin entender la diferencia entre la figura de director insular (regulados en el artículo 70 – Ley 40/2015 y RD 617/1997) y cabildo/consejo insular (artículo 141.4 Constitución Española y artículo 41 de la ley Reguladora de las Bases del Régimen Local).
Respecto a la pregunta número 6, de acuerdo a la normativa y tal y como habéis señalado:
– El mandato de las Cortes Generales termina cuatro años después de su elección.
– El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generalesPero según el artículo 68 de la constitución española, las elecciones tendrán lugar entre los treinta días y sesenta días desde la terminación del mandato.
Suponiendo que las elecciones generales se celebraran 30 días después de la terminación del mandato, durante ese período de 30 días ¿habría terminado el mandato de las CCGG y por tanto asumiría sus funciones la diputación permanente? Y ¿El Gobierno no habría cesado todavía?
Muchas gracias por vuestra ayuda inestimable.
Lorena
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