Hola Noelia, en primer lugar siento no haber contestado antes, no se porque esta pregunta se ha quedado atrás en el foro, te pido disculpas.
El asunto no es dudoso, puesto que en cuanto al personal de INGESA (entidad que gestiona las prestaciones sanitarias en Ceuta y Melilla),
distingue entre el “que presta servicios en las dependencias de los Servicios Centrales y de las Direcciones Territoriales y/o Provinciales de la entidad y percibe sus retribuciones con cargo a los créditos presupuestarios asignados a dichos centros” estos SI estarían recogidos dentro del convenio único.
Sin embargo excluye al personal que que presta servicios en sus Instituciones Sanitarias.
Por lo tanto no podemos entender dentro del mismo grupo al personal que presta servicios en INGESA y ante una pregunta en el examen tendríamos que estar muy pendientes del tipo de personal al que hace referencia.
Noelia gracias por estar activa en el foro, la duda es de las que ayudan a aclarar conceptos que de otro modo quedan un poco en el aire.
un saludo.