Hola, tu planteamiento es bastante acertado, pero en cuanto a personal laboral además de los extranjeros con residencia legan en España también todos los que pueden acceder como funcionarios, es decir tu esquema quedaría así:
Personal funcionario:
1. Españoles
2. Cónyuges de los Españoles, cualquiera que sea su nacionalidad
3. Cónyuges de otros ciudadanos nacionales de otros Estados miembros de la UE, así como sus descendientes
4. Personas incluidas en Tratados Internacionales
Personal laboral:
1. Españoles
2. Cónyuges de los Españoles, cualquiera que sea su nacionalidad
3. Cónyuges de otros ciudadanos nacionales de otros Estados miembros de la UE, así como sus descendientes
4. Personas incluidas en Tratados Internacionales
5. Extranjeros con residencia legal en España
un saludo.