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14 febrero, 2021 a las 12:18 pm #365074
dpcruj
ParticipanteHola,
Me surge una duda sobre saber que son y en qué se diferencian un real decreto ley y decreto ley.
Gracias de antemano por la ayuda.
15 febrero, 2021 a las 9:54 am #365075Tutora Cristina Albala
ParticipanteBuenos días.
Generalmente, se habla igualmente de real decreto ley como de decreto ley para referirse a lo mismo, pues así sucede por ejemplo en la CE en su art. 86, donde se suprime la calificación de “real” que hace alusión a que es una norma expedida por el Rey.
Para ver de qué se trata, cito el artículo de la CE directamente relacionado con tu duda:
[color=blue]Artículo 86[/color]
[i]1. En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decretos-leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I, al régimen de las Comunidades Autónomas ni al Derecho electoral general.2. Los Decretos-leyes deberán ser inmediatamente sometidos a debate y votación de totalidad al Congreso de los Diputados, convocado al efecto si no estuviere reunido, en el plazo de los treinta días siguientes a su promulgación. El Congreso habrá de pronunciarse expresamente dentro de dicho plazo sobre su convalidación o derogación, para lo cual el Reglamento establecerá un procedimiento especial y sumario.
3. Durante el plazo establecido en el apartado anterior, las Cortes podrán tramitarlos como proyectos de ley por el procedimiento de urgencia.[/i]
El [color=blue]art. 86 de la CE[/color] regula el [b]decreto-ley[/b], que es una norma con rango de ley, facultad del Gobierno, dictada en caso de extraordinaria y urgente necesidad, la cual debemos saber que no puede afectar a determinadas materias y, que tiene un carácter provisional, requiere de una posterior convalidación o ratificación por parte del poder legislativo, en un plazo de treinta días.
En la [color=orange]Ley 39/2015, en su art. 127[/color] dispone que el Gobierno de la Nación podrá aprobar reales decretos-leyes y reales decretos legislativos en los términos previstos en la Constitución, al igual que el [color=blue]art. 24 de la LG[/color] regula las decisiones del Gobierno, entre las que destacan las que estamos cuestionando.
Dicho esto, debemos de cuidar:
– el [b]real decreto ley[/b] (dictado por el Gobierno en caso de extraordinaria y urgente necesidad).
– el [b]real decreto legislativo[/b] (disposiciones del Gobierno que contienen legislación delegada).
– [b]real decreto[/b] (norma de rango reglamentario aprobada por el Consejo de Ministros o por el Presidente del Gobierno, firmada por el Rey).
– [b]decreto[/b] (norma de rango reglamentario aprobada por las CC.AA. que no es firmada por el Rey).Espero haber aclarado tu duda.
Un saludo
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