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8 octubre, 2020 a las 11:34 am #364988
tutor-age1
ParticipanteBuenas tardes.
Tengo una duda acerca de la [b]ventanilla única empresarial[/b].
No sé si actualmente nos encontramos con una duplicidad de órganos, es decir, con la existencia de la VUE y con los Puntos de atención al emprendedor, o simplemente ya estamos hablando de un único órgano integrado.
La duda me viene porque el Real Decreto 127/2015 de 27 de febrero habla de esta integración pero en el tema de estudio (tema 3 bloque 2) solamente se habla de la ventanilla única empresarial y solo se hace esa breve referencia a la integración de los dos órganos en el Real Decreto al final del tema.
No se si me he explicado bien.
Perdón si resulta algo absurda la cuestión, pero la verdad es que no me queda muy claro si estamos hablando de un órgano ya unificado o de la existencia de dos.
11 octubre, 2020 a las 4:43 pm #364989TUTOR – Juan Alberto
ParticipanteBuenas tardes, en primer lugar comentarte que ninguna cuestión es absurda, lo importante es aclararla.
Pues bien, en relación a la cuestión planteada, lo siguiente:
El Real Decreto 127/2015, de 27 de febrero, por el que se integran los centros de ventanilla única empresarial y la ventanilla única de la Directiva de Servicios en los Puntos de Atención al Emprendedor, en su artículo 3.1. nos dice lo siguiente, cito textualmente: [b]”Los centros VUE a los que se refiere el artículo anterior pasarán a denominarse Puntos de Atención al Emprendedor (en adelante, PAE)”[/b]. Cuando habla de centros VUE se refiere a centros de Ventanilla Única Empresarial. Por tanto éste artículo nos pone de manifiesto que los Centros VUE pasarán a denominarse Puntos de Atención al Emprendedor (PAE).
Por otro lado, el artículo 5.1 del Real Decreto referenciado anteriormente, nos pone de relieve lo siguiente: [b]”A los efectos de aplicar lo dispuesto en el artículo 3.1 del presente real decreto, los centros VUE existentes en la entrada en vigor del presente real decreto podrán:
a) Integrarse en la red PAE ofreciendo los servicios establecidos en el artículo 4 del presente real decreto.
b) Cesar su actividad como consecuencia del proceso de integración”.[/b]
Por tanto podemos concluir, que los centros VUE que existieran al momento de entrar en vigor el Real Decreto 127/2015, tendrían dos opciones, integrarse en la red PAE o cesar su actividad como consecuencia del proceso de integración, por lo que entendemos que los centros VUE se integran dentro de la red PAE o cesan su actividad como consecuencia del proceso de integración.
Espero haber aclarado tu duda.
Un saludo.
12 octubre, 2020 a las 5:41 am #364990Cova1990
ParticipanteMuchas gracias Miguel Ángel, queda aclarado.
Un saludo!
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