Foros OPOSITAS

DUDA DE UN ALUMNO. REFORMA CONSTITUCIONAL

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 1 entrada (de un total de 1)
  • Autor
    Entradas
  • #365009

    Buenos días.

    [b]Quisiera saber la diferencia entre Reforma y Revisión Constitucional.[/b]

    [u]Respuesta:[/u]

    La Reforma Constitucional es la otorgada en el Título X (artículos 166 al 169) de la Constitución Española estableciendo dos opciones diferentes en base a los artículos que vayan a ser reformados.

    Por otro lado, Revisión Constitucional es, en principio, un concepto diferente en cuanto que es la facultad que tiene el Tribunal Constitucional de “dejar sin efecto” determinados textos legales en base a los diferentes procesos que la L.O. 2/79 de 3 de octubre que regula el T.C.

    También es cierto que podemos llamar Revisión Constitucional a la opción más exigente de las establecidas en el título X de la C.E., el procedimiento de reforma establecido en el artículo 168 de la CE.

    Para más información, recomiendo leer el siguiente enlace: [url=http://www.congreso.es/portal/page/portal/Congreso/Congreso/Hist_Normas/Norm/Reglam/T5/T5Cap3/T5Cap3Sec4 class=””]Revisión y reforma[/url]

    Un saludo

Viendo 1 entrada (de un total de 1)
  • El foro ‘Administración General del Estado – Administrativos’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS

Abrir chat
1
💬 ¿Necesita ayuda?
Hola 👋
¿Puedo ayudarle?