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Conversión de actos viciados

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 6 entradas - de la 1 a la 6 (de un total de 6)
  • Autor
    Entradas
  • #363585
    superlopez
    Participante

    Hola, según la ley 30/92 en su artículo 65, nos dice que:
    “Los actos nulos o anulables que, sin embargo, contengan los elementos constitutivos de otro distinto producirán los efectos de éste.”

    ¿Podría aclararme que significa exactamente este artículo?

    Saludos

    #363586
    Academia Opositas
    Participante

    Buenas!

    Te pongo un ejemplo, una convocatoria a oposiciones todas las personas presentan solicitud, y una persona de ellas puede salir expulsasa por motivos de no cumplir con los requsitos y esto no afecta al resto de los sollicitantes

    Un saludo

    #363587
    superlopez
    Participante

    [quote=”Rv”:1w6nmanb]Buenas!

    Te pongo un ejemplo, una convocatoria a oposiciones todas las personas presentan solicitud, y una persona de ellas puede salir expulsasa por motivos de no cumplir con los requsitos y esto no afecta al resto de los sollicitantes

    Un saludo[/quote]

    Sique sin quedarme demasiado claro… si me pudiese poner otro ejemplo o una explicación para entenderlo, gracias.

    #363588
    molina3
    Participante

    [quote=”superlopez”:1t4us12d][quote=”Rv”:1t4us12d]Buenas!

    Te pongo un ejemplo, una convocatoria a oposiciones todas las personas presentan solicitud, y una persona de ellas puede salir expulsasa por motivos de no cumplir con los requsitos y esto no afecta al resto de los sollicitantes

    Un saludo[/quote]

    Sique sin quedarme demasiado claro… si me pudiese poner otro ejemplo o una explicación para entenderlo, gracias.[/quote]

    El ejemplo está bien pero yo lo pondría de otra manera.

    Tenemos un listado definitivo de opositores a auxiliares administrativos donde uno es excluido porque a juicio del tribunal no reunía todos los requisitos, por ejemplo, puso en la solicitud que su nacionalidad es la de Islandia y el tribunal consideró que no podía presentarse.

    Supongamos que el tribunal está en un error y que posteriormente es declarado así por una sentencia judicial, un recurso administrativo o una revisión de oficio.

    Aunque el acto administrativo de la lista de opositores admitidos está viciado, porque no se ajusta al ordenamiento jurídico, eso no significa que los nombramientos posteriores de los aprobados queden sin efecto y que se tenga que repetir la convocatoria de nuevo, sino que la parte del acto no viciada, es decir, la lista que forma el conjunto de los demás opositores, producirá efectos y el contenido de la sentencia o resolución administrativa solamente recaerá sobre el candidato incorrectamente no admitido. Es decir, que si por esta causa no pudo examinarse se le examinará exclusivamente a él, siendo por lo demás válidas las actuaciones administrativas.

    #363589
    Anónimo
    Invitado

    Perfecta la exposición. Y no cabe mejor ejemplo, entiendo, para comprender la situación que se plantea.

    Es fácil, además, que fuera pregunta de ejercicio práctico.

    Saludos.

    #363590
    superlopez
    Participante

    Muchas gracias Molina3 explicación perfecta, saludos.

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