-
AutorEntradas
-
13 mayo, 2018 a las 6:27 pm #364308
DIEGO BRENES MORENO
ParticipanteTengo dudas referente a algunas preguntas de este supuesto :
8. ¿A quién corresoponde autorizar la siguiente transferencia de crédito de la aplicación 26.01.413C.120.03 a la aplicación 26.01.413C.130.00?
a) Las Cortes Generales
[b]b) El Ministro de Hacienda y A.P.[/b]
c) El Ministro de Fomento
d) El Consejo de MinistrosDa como correcta la b) pero en la ley presupuestaría concretamente en el Artículo 52. Transferencias de crédito no especifica nada referente al competente en la materia.
3. En la gestión del Programa 923A “Gestión del Patrimonio del Estado”, la Dirección General de Patrimonio del Estado del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas se plantea la siguiente situación:
Crédito Presupuesto Dotación Inicial Necesidad Prevista Diferencia
120 120 100 +20
121 170 180 -10
150 70 80 -10Partiendo de los datos anteriores, ¿qué puede hacer la Direccion General para financiar las necesidades de crédito en los conceptos 121 y 150?
a) La diferencia -10 del concepto 121 puede obtenerla del exceso del concepto 120
b) La diferencia -10 del concepto 150 puede obtenerla del exceso del concepto 120
[b]c) La diferencia -10 del concepto 150 podrá ser cubierta mediante una modificación presupuestaria,
en concreto, mediante una transferencia de crédito del concepto 120 al concepto 150.[/b]
d) La a) y la c) son correctas.No entiendo porque es el c) y no el a) me lo podrían explicar gracias.
9.¿A quién corresponde autorizar la siguiente transferencia de crédito de la aplicación 15.01.542A.230a la aplicación 17.03.541B.230?
[b]a) No puede realizarse[/b]
b) El Ministro de Hacienda y A.P.
c) El Ministro de Fomento
d) El Consejo de MinistrosDeduzco que no se puede realizar la transferencia debido a que son diferentes secciones? es decir diferentes Ministerios es correcto?
14 mayo, 2018 a las 4:17 pm #364309tutor-age1
ParticipanteHola, vamos a intentar aclarar tus dudas en este supuesto:
pregunta 8, las competencias en materia de modificaciones de crédito se regulan en los artículos 61, 62 y 63 de la Ley 47/2003 general presupuestaria.
En esta cuestión tenemos que analizar primero las aplicaciones presupuestarias, y vemos que la transferencia de crédito sería en la misma sección y el mismo programa, hasta ahí genial, por lo tanto tendremos que detenernos en la clasificación económica y deducimos que están relacionadas con gastos de personal, en concreto son el 120.03 sueldos del grupo C2 y grupo D y 130.00 laboral fijo. retribuciones básicas.
Ahora analizamos las competencia en las transferencias:
art. 60 con respecto al gobierno: Autorizar las transferencias entre distintas secciones presupuestarias como consecuencia de reorganizaciones administrativas.
No es el caso, por tanto descartamos al gobierno.
art. 63: con respecto al ministro del departamento: Transferencias entre créditos de un mismo programa o entre programas de un mismo servicio, incluso con la creación de créditos nuevos en el caso de los destinados a compra de bienes corrientes y servicios o inversiones reales, siempre que se encuentren previamente contemplados en los códigos que definen la clasificación económica y no afecten a los de personal o no incrementen los créditos que enumera el apartado 2 del articulo 43 de esta Ley.
Al afectar a personal tampoco sería competente.art. 62 respecto del ministro de hacienda y función pública: Las transferencias no reservadas a la competencia del Consejo de Ministros que, conforme al artículo 63, no puedan acordarse directamente por los titulares de los departamentos afectados.
Por lo tanto por descarte del Ministro y del Gobierno la competencia sería del Ministro de Hacienda y Función Pública.Pregunta 3, la respuesta correcta es la d), claramente, la primera opción al ser capitulo 1 que se vincula a nivel de artículos se puede hacer sin problema, la opción b no sería correcta precisamente por lo anterior, y la opción c se podría hacer sin problema por una modificación presupuestaria como un transferencia. Repasa a ver si te has equivocado al corregir el ejercicio y no está la respuesta correcta en el supuesto.
Pregunta 9, volvemos a las transferencias de crédito y efectivamente esa no se podría hacer porque se trata de distintas secciones, sólo se podría como consecuencia de reorganizaciones administrativas autorizadas por el Consejo de Ministros. No es el caso.
un saludo.
-
AutorEntradas
- El foro ‘Administración General del Estado – Administrativos’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.