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sumisión tácita art 56 LEC

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Viendo 7 entradas - de la 31 a la 37 (de un total de 37)
  • Autor
    Entradas
  • #319990
    Epc00011
    Participante

    Las del art. 52 es preferente a ninguna otra, esas son imperativas, osea la ley te obliga a interponer la demanda donde establece en dichos casos.

    #319991
    Epc00011
    Participante

    y la sumisión no cabe siempre, en ejecución, cambiario, verbales, algunos ordinarios no….

    #319992
    LN30
    Participante

    Es verdad Epc, es verdad, son las del articulo 50 y 51 disculpa. Gracias por la aclaración. Saludos.

    #319993
    aliche74
    Participante

    Hola Elena
    Para verlo claro la LEC distingue los siguientes fueros:
    Fueros convencionales. Son los fueros elegidos por las partes para someterse a un determinado tribunal que resuelva el conflicto generado entre ambas( aqui entra en juego la sumisión expresa o tácita.
    Fueros legales: que a su vez pueden ser geneales y especiales:
    -Los generales son los articulo 50 y 51. Estos son disponibles
    -Los especiales e imperativos,( no disponible por las partes ( art 52 apartado 1 nº 1º y4º a 15 y art 52 apartado 2)
    – Fueros especiales imperativos disponible art 52 apartado 1 punto 2 y 3

    Y finalmente los fueros establecidos por ley de forma imperativa que aparecen a lo largo de los distintos articulados de la LEc. saludos

    #319994
    Boudica
    Participante

    Entonces una cosa: este es el último orden??

    gracias. saludos

    #319995
    aliche74
    Participante

    Hola Boudica ese no es el orden. Simplemente es un resumen de los distintos fueros que se determinan en la LEC. El orden que debese seguri para determinar si un juzgado es territorilamente competente es el indicado en mi post del día 6 de enerol. Saludos

    #319996
    LN30
    Participante

    Gracias Aliche como siempre, la verdad es que es un buen resumen de los fueros. Saludos

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