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9 octubre, 2009 a las 9:48 am #305704
Eulalia
ParticipanteHola de nuevo, entre más estudio me parece que menos sé, esto es increible. A ver me estoy haciendo un lío con el sobreseimiento y la apertura de juicio oral en los diferentes procedimientos de penal.
En el sumario si tanto el MF como la acusación particular piden el sobreseimiento o apertura juicio oral, el juez la acordará no?
En el sumario si pide el sobreseimiento el MF y no hay personada acusación particular pues el juez podrá acordar que se haga saber la pretensión del MF a los interesados, con la diferencia de que en el abreviado te pone unos plazos(15 y 10 días) no?
Si se pide sobreseimiento por el MF y hay acusación particular el juez la acuerda sin más?Y si es al revés que solamente la pide la acusación particular qué pasa?
Vaya lío que me estoy metiendo espero que alguien lo entienda y me lo pueda explicar.
Otra duda que me surge comparando los procedimientos es en cuanto a los arículos de previo pronunciamiento. Me gustaría saber si ésto que pongo es correcto:
En el sumario se pueden pedir arts. de previo pronunc. en 3 días desde la entrega de los autos
En el abreviado cuando comienza el juicio oral con la lectura del Secretarioy luego se da paso a las intervenciones de las partes, es aquí donde se pueden solicitar dichos artículos
En el Tribunal del Jurado es al tiempo de personarse las partes en el tribunal competente.
En cuanto a los recursos contra el sobreseimiento, en el sumario cabe casación pero y en abreviado?en el jurado sé que es apelable ante la Ap
Gracias9 octubre, 2009 a las 10:37 am #305705vereda
ParticipanteEulalia si que parece que tienes un poquito de cacao si te fijas en los artículos de la ley no hay tanta diferencia en el tramite en cuanto al sobreseimiento en los procedimientos sumariales u ordinarios de los abreviados, te tienes que leer con detenimiento desde el 642 al 645, allí te vienes contestadas todas tus dudas, pero verás, aunque se pida por el Ministerio Fiscal y no hubiera acusación particular el Juez puede acordar que se remitirá la causa al Fiscal de la Audiencia para que por el mismo se decida si se procede o no con sostener la acusación. Si se presentare querellante particular a sostener la acción o cuando el MF sostuviese la apertura del Juicio oral, el Tribunal pobrar acordar el sobreseimiento cuando el hecho no constituya delito ( nº 2 art 637), si asi lo estimase procedente, en cualquier otro caso no podrá prescidir de la apertura del juicio oral.
El artº 642 al igual que el 782 cuando el MF pida el sobreseimiento y no se hubiese presentado en la causa querellante dispuesto a sostener la acusación, podrá el Tribunal hacer que se haga saber dicha pretensión al M.F, y a los interesados “para que dentro del término prudencial” que se les señale comparezcan a defender suacción, si no comparecieran, el Tribunal acordará el ssobreseimiento solicitado por el Ministerio Fiscal.Para Los Procedimiento Abreviados lo único que se establece son unos plazos según el tribunal entienda que debe haber partes perjudicadas no personadas qeu puedan estar interesadas en sostener la pretensión les da 15 dias.
O en el caso de que no hubier personado nadie y elsobreseimiento lo hubiese solicitado el M.F. pero no estuviese muy convencido el Tribunal podrá remitir al superiro jerarquico de este por 10 días a fin de si sostiene o no la acusación.
Si solo la pide una parte fijate en el artº 783, ” Cuando el Juez de Instrucción decretare la apertura del juicio oral sólo a instancia del M.F o acusación particulaar, se dara “nuevo traslado a quien hubiera solicitado sobreseimiento” por plazo de 3 dias para que formule escrito de acusaciónsalvo qeu hubier renunciado a ella.En cuanto a los articulos de previo pronunciamiento en los dos primeros casos es asi en el tribunal del juradose ha de plantear antes del juicio como cuestiones previas asi lo dice su artº 36 “Al tiempo de personarase las partes poderan: a)Plantaer alguna de las cuestiones o excepciones previstas en el artº 666 LECR o alegar lo que estimen oportuno sobre la competencia o inadecuación del procedimiento…., esto va justo antes del auto de hechos justiciables, es decir una vez personadas las partes y resueltas las cuestiones propuestas, si ello no impidiere el juicio oral, el Magistrado qeu vaya a presidir el Tribunal del Jurado dictará auto cuyo contenido se ajustará (art 37 LOTJ….)
En cuanto a los recurso contra el sobreseimiento es facil si es un tibunal colegiado casación si es un tibunal unico apelación, por eso cuando estemos ante el abreviado cabe casación.
Bueno espero haberte servido de algo y tu sisgue preguntado que eso me hace ami comerme el coco tanbien.
Es todo un gusto.9 octubre, 2009 a las 11:03 am #305707noelia2974
Participante😆 hola alguien me podria decir donde puedo encontrar esquemas pra el cuerpo de auxilio o de tramitacion que me ayuden a estudiar me estoy haciendo un lio con los temas.
gracias9 octubre, 2009 a las 5:03 pm #305708vereda
Participanteal finalo del temario que has comprado hay muy buenos esquemas de la constitucion de los juicios verbales y de muchas mas cosas que para empezar esta muy bien fijate a mi me han servido sobre todo los que se refiere a la LOFAGE
9 octubre, 2009 a las 5:26 pm #305709angeles115
ParticipanteHola, ¿de qué temario estáis hablando?. Me interesaría saber dónde encontrar esos esquemas tan buenos que recomiendas Vereda
Un saludo, 😆9 octubre, 2009 a las 6:00 pm #305710Eulalia
ParticipanteMuchísimas grascias Vereda de verdad, voy a mirar con detenimiento los artículos que me comentas , aunque ya lo tengo claro con la explicación que me has dado. Es que entre más casos hago y más estudio parece que me veo peor que hace un mes….
Gracias de nuevo y seguro que te caerá alguna que otra preguntilla mía más.
Angeles, creo que Vereda se refiere al temario que ofrece Opositas, también aunque no hayas comprado el temario tienes en “material de apoyo de libre acceso para los alumnos” esquemas de un montón de temas que están muy bien.
Saludos.10 octubre, 2009 a las 11:59 am #305711vereda
ParticipanteGracias eulalia, al final me he dado cuenta de que me he equivocado en cuanto a lo de la apelación del sobreseimiento en el abreviado es apelación no casación esta cabe en los procedimientos de sumario u ordinario, igual cabe apelación en los de procedimiento del tribunal de jurado, es decir como te decia tribuna único apelación tribunal colegiado casción.
Yo no se como estará tu pero yo estoy de los nervios sobre todo porque ya no se que mirar todo puede caer y me da bastante m9edo que pase como en auxiliares que nos pongan un caso práctico chungo y en cima el pra´ctico de word, asi que estoy de los nervios.
Esta vez seguro que es la tuya.
Suerte y besos10 octubre, 2009 a las 3:15 pm #305712Eulalia
ParticipanteYo también estoy súper nerviosa, la verdad hoy estaba estudiando y ya no sé ni qué mirar como tú dices. Es que son tantas cosas… Y luego en el word espero que los dedos no se me queden tiesos y no sepa ni escribir.
Tenemos que tranquilazarnos y el sábado intentar hacerlo lo mejor posible.
Espero que tengamos suerte …
Pues nada guapa ya nos leemos el martes en la tutoría un besito.10 octubre, 2009 a las 4:41 pm #305713angeles115
ParticipanteGracias Eulalia. El temario opositas ya lo tengo, ok.Tranquilizaros y olvidar los nervios,
Nos leemos el martes
Saludos,11 octubre, 2009 a las 5:04 pm #305714Eulalia
ParticipanteGracias Angeles, sí hay que intentar tranquilizarse porque los nervios en el examen no sirven de nada. Espero que me pase como en los otros exámenes que hecho que voy nerviosa pero cuando empiezo a hacer el examen se me quita.
Gracias por los ánimos, hasta el martes! -
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