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Magistrado ponente

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 6 entradas - de la 1 a la 6 (de un total de 6)
  • Autor
    Entradas
  • #312585
    Epc00011
    Participante

    En la LEC en el art. 180 dice que en los tribunales colegiados, el Secretario Judicial determinará, para cada asunto, el Magistrado ponente.

    Sin embargo, tanto en la LOPJ como en la LECRIM, no se indica nada de que sea el Secretario judicial el que designe el magistrado ponente.

    Como la LEC tiene carácter supletorio, podemos entender que en los tribunales del orden penal quién determina el magistrado ponente es el secretario??

    También otra diferencia es que en la LECRIM se establece que turnarán en este cargo de magistrado ponente los magistrados del tribunal, excluyendo al Presidente y en la LEC y LOPJ, se dice que turnarán todos los magistrados de la sala o sección INCLUIDOS los Presidentes.

    Entiendo que en esta última cuestión, debemos estar atentos en el enunciado de una posible pregunta de examen y ver a qué ley se está refiriendo no???

    #312586
    sdelgado
    Participante

    Creo recordar que esa pregunta ya se hizo hace tiempo… Efectivamente, tienes que tener cuidado y darte cuenta a que ley se estań refiriendo en el enunciado de la pregunta.

    #312587
    Epc00011
    Participante

    Muchas gracias sdelgado!!

    y respecto a quién determina el magistrado ponente?? en la LEC dice que es el Secretario Judicial, en penal también lo podemos entender así?? puesto que no dice quién lo designa y para lo no regulado en las demás leyes tenemos la LEC, pues supongo que será el Secretario Judicial también no??

    #312588
    sdelgado
    Participante

    La LEC es supletoria a la LECrim, como bien apuntas. Sin embargo, ten cuidado con la LOPJ ya que es una Ley Orgánica y tiene más fuerza que la LEC que es una Ley Ordinaria.

    Un saludo.

    #312589
    Epc00011
    Participante

    pufff muchas gracias sdelgado!!! la LOPJ tampoco indica quién determina el ponente…asi que estaré atenta con el enunciado de la pregunta…

    Gracias de nuevo. Saluditoss

    #312590
    Anónimo
    Invitado

    Entiendo que la designación de Ponente es función que corresponde al Secretario, al regir con carácter supletorio lo dispuesto en la Ley 1/2.000 de Enjuiciamiento Civil

    Como bien indicais tengamos especial cuidado a las posibles preguntas y referencias que se realicen en el examen oficial

    Sigamos

    Saludos

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