Mis dudas son las siguientes (respecto al tema 20 de Auxilio, Laboral)
1.- Artículo 230.2 “Consignación de la cantidad”: me gustaría, si hay oportunidad en las próximas clases de octubre que vamos a tocar Laboral, que se explicara el apartado 2 , las reglas en materia de Seguridad Social.
2.- Artículo 235: “Imposición de costas y convenio transaccional” me gustaría que se explicara el artículo completo
3.- Artículo 239.5 : nos dice “5. Solamente puede decretarse la inejecución de una sentencia u otro título ejecutivo si, decidiéndose expresamente en resolución motivada, se fundamenta en una causa prevista en una norma legal y no interpretada restrictivamente. Contra el auto resolutorio del recurso de reposición interpuesto contra el auto en que se deniegue el despacho de la ejecución procederá recurso de suplicación o de casación ordinario, en su caso.” ¿podría explicarlo?
4.-Artículo 265 : “Reparto entre los ejecutantes” ¿podría poner un ejemplo para entenderlo mejor?
5.- Artículo 266 : Explicarlo
6.- Artículo 276.4 : “4. De estar determinadas en la sentencia que se ejecute las cantidades legalmente a cargo del Fondo de Garantía Salarial, firme la declaración de insolvencia, el secretario judicial le requerirá en su caso de abono, en el plazo de diez días y, de no efectuarlo, continuará la ejecución contra el mismo.” en este caso mis preguntas son: ¿a quién requerirá el Secretario, a FOGASA? y cuando dice “continuará la ejecución contra el mismo” ¿a quién o a qué se refiere?
Saludos