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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #315203
    gabrie
    Participante

    tengo dudas en las prguntas:
    12 yo creo que es la D porque en el ambito penal son terminos
    13 aqui tengo aun mas dudas poque se que el presidente del gobierno puede proponer la disolucion del congreso ¿pero puede convocarlo?
    35 aqui yo marque la C la peticion individual y colectiva sera siempre por escrito

    #315204
    pakitoway
    Participante

    Hola Gabrie, creo que con respecto a la pregunta 12, podrías tener razón, que que la lecrim habla de términos no de plazos.
    en la pregunta 13: Yo creo que el rey no propone, que convoca o disuelve, no obstante, la convocatoria de la cámara/s, no está prevista en el decreto de convocatoria de las elecciones?. No sé si estoy haciendo un lio.

    #315205
    gabrie
    Participante

    si, llevas razon en lo que dices respecto a la pregunta 13 pero mi duda es que el articulo 115 de la ce dice que el presidente del gobierno previa deliberacion del consejo de ministros y bajo su exclusiva responsabilidad podra proponer la disolusion del congreso del senado o de las cortes generales pero no se si puede proponer la convocatoria del congreso

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