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DUDA VOCALES SUPLENTES CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #332781
    ALICIA LOPEZ
    Participante

    Buenas tardes,

    En la página 16 del tema 6 (temario Gestión) nos encontramos:

    “Las Cámaras designarán, asimismo, 3 suplentes para cada uno de los turnos por los que se puede acceder a la designación como Vocal, fijándose el orden por el que deba procederse en caso de sustitución”.

    Mi duda es si sería un total de 12 vocales suplentes (6 designados por el Congreso de los Diputados siendo 3 para el turno judicial + 3 para el de juristas de reconocida competencia y otros 6 designados por el Senado siendo 3 para el turno judicial + 3 para el de juristas de reconocida competencia).

    Gracias.

    #332782
    TUTORA Maria R.
    Participante

    Así es!
    En total serían 12 vocales suplentes.
    Muy buena apreciación.

    Que tengas un buen día!

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  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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