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11 diciembre, 2020 a las 8:19 am #332494
may
Participantetengo una duda!!! promocion interna para letrado de la administracion de justicia
en el articulo 442.2 de la LOPJ dice “Se reservará el treinta por ciento de las plazas vacantes para su provisión”
pero el articulo 32 de RD 1608/2005 dice “Se reservará el cincuenta por ciento de las plazas vacantes del Cuerpo de Secretarios Judiciales para su provisión por este sistema”
en general hay varios articulos que se contradicen…. a que hago caso????!!!!
el 446 e la LOPJ ” La abstención se formulará por escrito motivado dirigido al Secretario Coordinador Provincial, quien decidirá la cuestión”
Y el 147 del DR “Cuando el Secretario Judicial esté destinado en una Unidad Procesal de Apoyo Directo, la abstención se formulará por escrito motivado dirigido al Juez o Magistrado titular del Juzgado o al Presidente del Tribunal colegiado que se encuentre conociendo del asunto. Cuando el Secretario Judicial desempeñare sus funciones en un Servicio Común Procesal, el escrito motivado será dirigido al Juez Decano”por mas vueltas que lo doy no lo veo…
Gracias!!!!
Gracias!!11 diciembre, 2020 a las 8:53 am #332495TUTORA Maria R.
ParticipanteBuenos días,
Estás en lo cierto, se contradicen algunos artículos. Queremos pensar que es un olvido del legislador. En preguntas oficiales van a empezar preguntándote: “Conforme a la LOPJ…” o “Conforme al RD…” para que sepas cuál es la que tienes que responder. Si no lo hacen, te aseguro que en ningún caso te van a poner los dos porcentajes (30% y 50%) en la misma pregunta.
En cuanto a la segunda contradicción que planteas es diferente porque no es que se contradiga; sino que plantea supuestos diferentes en función de que el LAJ esté destinado en:
– Un órgano judicial: escrito motivado al SCP
– Una UPAD: escrito motivado al Juez o Magistrado titular del Juzgado o al Presidente del Tribunal colegiado que se encuentre conociendo del asunto
– Un servició común procesal: escrito motivado al Juez Decano11 diciembre, 2020 a las 8:55 am #332496TUTORA Maria R.
ParticipanteBuenos días,
Estás en lo cierto, se contradicen algunos artículos. Queremos pensar que es un olvido del legislador. En preguntas oficiales van a empezar preguntándote: “Conforme a la LOPJ…” o “Conforme al RD…” para que sepas cuál es la que tienes que responder. Si no lo hacen, te aseguro que en ningún caso te van a poner los dos porcentajes (30% y 50%) en la misma pregunta.
En cuanto a la segunda contradicción que planteas es diferente porque no es que se contradiga; sino que plantea supuestos diferentes en función de que el LAJ esté destinado en:
– Un órgano judicial: escrito motivado al SCP
– Una UPAD: escrito motivado al Juez o Magistrado titular del Juzgado o al Presidente del Tribunal colegiado que se encuentre conociendo del asunto
– Un servició común procesal: escrito motivado al Juez DecanoPor tanto, tendremos que estar muy atentos y leer bien qué es exactamente lo que nos preguntan para contestar una cosa u otra
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