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Duda exhorto y mandamiento en penal

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Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
  • Autor
    Entradas
  • #314163
    Academia Opositas
    Participante

    Hola en penal en un sitio dice que se cita por exhorto o mandamiento , en otro sólo por exhorto.

    ¿Se cita por mandamiento, y si es así cómo ?

    Gracias

    #314164
    Academia Opositas
    Participante

    Buenos días.

    ¿Te refieres a las citaciones de partes o …?

    Al hablar de citaciones y mandamientos lo estamos haciendo de cosas distintas. Una citación se utiliza para hacer que comparezcan las partes y, si quieres que comparezca otro órgano, por ejemplo, la Policía Judicial, libras mandamiento a éste.

    No sé si es eso lo que preguntas.

    #314165
    Academia Opositas
    Participante

    Hola mira dos dudas:
    – es que en el art. 660 LECRim dice que el Secreta expedirá los exhortos o mandamientos para citación a testigos y peritos.
    Y no entiendo aquí cuando es mandamiento

    Por otro otro lado cuando me dices que se manda mandamiento por ejemplo a policía judicial ¿Me podrías decir más ejemplos?

    Gracias

    #314166
    Academia Opositas
    Participante

    Buenas de nuevo.

    Si quieres, mírate los artículos 184 y 185 de la LECr. En ellos te habla de cuando se libra mandamiento y los casos en concreto.

    Tienes que tener en cuenta que, por ejemplo, si estamos en el Juzgado de Instrucción y la diligencia debe ser ejecutada en el Juzgado de Paz, se libra mandamiento a éste para su cumplimiento.

    Hablaremos de suplicatorio, exhorto o mandamiento en función del grado, si sea superior, igual o inferior al que nos encontramos.

    #314167
    Academia Opositas
    Participante

    Gracias por contestarme

    Saludos

Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
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