Buenas tardes,
Así es, como muy bien has observado, las normas se contradicen.
Por un lado, el [b]RD 1451/2005[/b] dice: [i]Se reservarán para su provisión por promoción interna, un 50 por ciento de las plazas vacantes incluidas para cada cuerpo en la oferta de empleo público. Las plazas que no se cubran por el proceso de promoción interna, [b]acrecerán[/b] al turno libre en cada ámbito territorial.[/i]
Por otro lado, la [b]LOPJ[/b] dice: [i]En ambos casos, las plazas convocadas por el turno de promoción interna que no resulten cubiertas, [b]no podrán en ningún caso acrecer[/b] a las convocadas por turno libre ni incorporarse a la Oferta de Empleo Público.[/i]
Por tanto, en una futura pregunta tipo test, tendremos que cuidar si nos preguntan según el RD o si nos preguntan por la LOPJ para contestar correctamente una cosa u otra. Entendemos que tanto con el enunciado de la pregunta como con sus diferentes respuestas, no nos darán lugar a equivocación.
No obstante, con carácter general y en función de la jerarquía normativa del ordenamiento jurídico, en caso de conflicto, atenderemos siempre a la primacía que las [b]LEYES ORGÁNICAS[/b] tienen sobre los [b]REALES DECRETOS.[/b]