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duda competencia en el juicio de precario

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Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #317203
    camaji
    Participante

    Ya he encontrado la respuesta, es el art. 52.1.7º al ser competente en los juicios de desahucio el tribunal en que se halle la finca.

    No había caído en la cuenta de que en este tipo de juicios se pide solamente el desahucio para recuperar la finca.

    Saludos.

    #317204
    aliche74
    Participante

    Aprovecho éste post para plantear una duda:
    Si por ejemplo, en un contrato de arrendamiento de un bien inmueble urbano, las partes disponen libremente de la competencia territorial, y deciden someterse a los tribunales de una determinada circunscripción, en virtud de las normas sobre sumisión expresa o tácita del art 54 LEC, debo entender, por tanto que si una de ellas, deja de pagar la renta pactada en dicho contrato y en consecuencia se interpone demanda, el que la interpone debe tener en cuenta que la competencia territorial en este supuesto, viene fijada imperativamente en el articulo 52 apartado 1 punto 7 y por tanto será tribunal competente para conocer de ésta demanda de desahucio por falta de pago, el Juzgado de Primera Instancia donde esté sita la finca?,no siendo válida en este caso las normas sobre sumisión expresa de las partes, del articulo 54. ¿Es así?

    #317205
    camaji
    Participante

    Hola Aliche.

    Según el art. 54.1 LEC, en este supuesto ni en los asuntos que deban resolverse mediante juicio verbal cabe la sumisión expresa o tácita de las partes.
    Por tanto no cabe la sumisión y se aplicarían las reglas del artículo 52.

    Saludos.

    #317206
    aliche74
    Participante

    Gracias Camaji eres un sol por responder a esta duda.

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