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25 febrero, 2021 a las 5:11 pm #332831
TUTORA Maria R.
ParticipanteBuenos días, Baldo, me pongo en contacto contigo para plantearle una duda relativa al Tema 20, concretamente en relación con la habilitación de los días y horas inhábiles.
Tiendo a confundirme con lo relativo al mes de agosto. En la LEC se establece que para las “actuaciones urgentes, de oficio o a instancia de parte, se podrá solicitar la habilitación de días y horas inhábiles. Será hábil el mes de agosto sin necesidad expresa de habilitación.”
Por otro lado, en la LRJCA, concretamente se hace referencia a que agosto será hábil en lo relativo al procedimiento para la protección de los derechos fundamentales (concretamente para este proceso, a diferencia de la LEC, que sólo dice “actuaciones urgentes”) Hasta aquí todo bien. Mi duda viene a continuación, cuando establece que en casos de urgencia, las partes podrán solicitar al órgano jurisdiccional (aquí solo dice a instancia de parte, por lo que entiendo que nunca de oficio) que habilite los días inhábiles en el procedimiento de derechos fundamentales, etc.
Entiendo que en Agosto no se requiere habilitación expresa en lo relativo al procedimiento de derechos fundamentales, sino que dicha habilitación solicitada a instancia de parte deberá ser para otro tipo de días inhábiles
25 febrero, 2021 a las 5:19 pm #332832TUTORA Maria R.
ParticipanteCada procedimiento tiene establecidas unas reglas, por lo que tendremos que estudiarnos las diferencias que se establecen en unas y otras:
[b]Según la LEC:[/b]
[u]Regla general[/u]: agosto inhábil.
[u]Excepción:[/u]
Para actuaciones urgentes: se podrá solicitar la habilitación de días y horas inhábiles de oficio o a instancia de parte.
Para actuaciones urgentes: no será necesario solicitar la habilitación en el mes de agosto. Agosto a estos efectos, se considerará hábil.[b]Según la LRJCA:[/b]
[u]Regla genera[/u]l: agosto inhábil.
[u]Excepción[/u]: Proced. Protección derechos fundamentales: agosto siempre hábil (sábados, domingos y festivos: inhábil)
– En casos de urgencia: a instancia de parte, puede solicitar la habilitación de días inhábiles en el proc. Para protección dd.ff.
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Es decir: Haya urgencia o no, el procedimiento para los derechos fundamentales AGOSTO SERÁ SIEMPE HÁBIL y solo en los casos de urgencia se podrán habilitar los sábados, domingos, festivos y horas inhábiles del mes de agosto.[b]Según la LECRIM:[/b]
Todos los días y horas del año serán hábiles para la instrucción de las causas criminales, sin necesidad de habilitación especial[b]Según la LRJS:[/b]
[u]Regla general:[/u] agosto inhábil.
[u]Excepción:[/u] Agosto es hábil en: modalidades procesales de despido, extinción del contrato de trabajo de los artículos 50, 51 y 52 ET, movilidad geográfica, modificación sustancial de las condiciones de trabajo, suspensión del contrato y reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor, derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral del artículo 139, impugnación de altas médicas, vacaciones, materia electoral, conflictos colectivos, impugnación de convenios colectivos y tutela de derechos fundamentales y libertades públicas, tanto en el proceso declarativo como en trámite de recurso o de ejecución, la adopción de actos preparatorios, medidas precautorias y medidas cautelares, en particular en materia de prevención de riesgos laborales, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, así como para otras actuaciones que tiendan directamente a asegurar la efectividad de los derechos reclamados o para aquellas que, de no adoptarse pudieran dar lugar a un perjuicio de difícil reparación y el el ejercicio de las acciones laborales derivadas de los derechos establecidos en la Ley Orgánica 1/2004.A continuación te pongo algunas video-tutorías donde explicamos las diferencias en cada uno de los órdenes. Escúchalas y así terminas de dominar los conceptos.
VÍDEO-TUTORÍA – Grupo 2019 Inicial. Tutoría Actos Procesales. Términos y Plazos (febrero 2021)
VÍDEO-TUTORÍA – Grupo 2019 Inicial. Introducción Actuaciones Procesales. Términos y plazos (enero 2021)
VÍDEO-TUTORÍA – Actos procesales – Términos y plazos -
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