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diferencia apremios personales y multas pecuniarias

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  • Autor
    Entradas
  • #330964
    capmeh
    Participante

    El motivo de mi duda es la diferencia entre apremios personales y multas pecuniarias
    artículos 699 LEC

    Gracias

    #330965
    Ana-Maria
    Participante

    Buenos días, capmeh

    La multa es una sanción, que consiste en que se establece una responsabilidad traducida en dinero, en los supuesto en que la ley lo señala.
    En cuanto a los apremios personales pueden ser decretados exclusivamente por un juez, y solo proceden bajo determinadas circunstancias.

    En la doctrina se consideran apremios los apercibimientos de desobediencia (arts. 701.2 y 710.1 LEC), la entrada en lugar cerrado auxiliándose de la fuerza pública (art. 701.1 LEC), y el lanzamiento (arts. 703 y 704 LEC).
    Excepcionalmente, también cabe la posibilidad de que la propia naturaleza de la medida ejecutiva, exija una actuación de apremio personal, como ocurre la entrega de menores o supuestos de resistencia física a la actuación del tribunal, para los que no resulta operativo el apercibimiento de desobediencia.

    Un saludo.

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