-
AutorEntradas
-
30 noviembre, 2011 a las 11:58 pm #380280
Academia Opositas
ParticipanteBuenas noches a todos,
Una alumna me ha planteado las siguientes [b]dudas[/b] sobre el tema 33:
1.- Sobre los intereses, el tipo de interés de demora será el interés legal del dinero vigente en cada momento del período de devengo, incrementado en un 25 por 100, salvo que la Ley de Presupuestos Generales del Estado establezca uno diferente. El tema dice que para el año 2010, el interés de demora se ha fijado en el 5 por 100. (¿éste 5% no habria que actualizarlo a lo se haya fija en los presupuestos para 2011?)
Entonces si nos hacen una pregunta sobre esta cuestión, si nos dices según del Ley de Presupuestos tendriamos que decir: el tipo de interés de demora será el interés legal del dinero vigente en cada momento del período de devengo, incrementado en un 5 por 100 ¿no?
2.- Pregunta nº 13, test 33.1: Yo creo que los interesados si podrán instar directamente su afiliación, alta o baja. Mira el art.13.3 del Real Decreto Legislativo 1/1994 de 20 de junio. “Si las personas y entidades a quienes incumban tales obligaciones no las cumplieren, podrán los interesados instar directamente su afiliación, alta o baja, sin perjuicio de que se hagan efectivas las responsabilidades en que aquéllas hubieran incurrido, incluido, en su caso, el pago a su cargo de las prestaciones y de que se impongan las sanciones que sean procedentes.” ¿qué opinas al respecto?
Las [b]respuestas[/b] a estas preguntas son las siguientes:
1.- Efectivamente, hay que actualizarlo, pero ha dado la casualidad que para el año 2011, la Ley de Presupuestos Generales del Estado ha mantenido el tipo del año 2010.
Si preguntan lo planteado por la alumna, la respuesta dada por ella misma es correcta, actualmente es un 5%, aunque ya sabeis que para el próximo año puede cambiar.
Actualmente los tipos son los siguientes:
Tipo de interés legal del dinero: 4%
Tipo de interés de demora: 5%2.- Has pasado por alto un detalle importante. La pregunta dice que se solicitará ante la Administración Periférica del Estado, este es el error, ya que se solicita al INSS. Por eso la respuesta es correcta, ya que nunca lo solicitará a esta Administración.
Espero que os sea interesés a todos.
Un slaudo.
1 diciembre, 2011 a las 7:29 am #380281vcuerva
ParticipanteHola Jd,
respecto a este mensaje no has tenido un error de transcripción cuando dices que actualmente existen los siguientes tipos de interés:
1.- Tipo de interés legal del dinero: 4% . [b]¿Este no era del 5%?[/b]Tipo 2.- Tipo de interés de demora: 5% . Y, este tipo de interés [u]coincide con el interés legal del dinero [/u]:?:
Un saludo y gracias anticipadas.- 🙂
-
AutorEntradas
- El foro ‘Junta de Andalucía – Foro para los distintos Cuerpos de la Junta’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.