Hola Mjfox13, te recuerdo lo que vimos en la tutoría del supuesto de financiero respecto a la especificación, de los gastos, pues bien el artículo 44.1 es lo mismo pero aplicado a organismos autónomos y a seguridad social, por lo tanto tendremos que tener mucho cuidado en el examen con respecto al ente sobre el que preguntan porque el nivel de especificación puede ser diferente.
El artículo 44.3 habla de acción protectora no contributiva y universal, pues bien se trata de la cobertura que ofrece la Seguridad Social mediante ayudas económicas a aquellos que no han cotizado o no han llegado al mínimo exigido para una ayuda contributiva. Es decir bastando habitualmente que se acredite un estado de necesidad que determine la carencia de ingresos mínimos se accede a una renta mínima.
Y se utiliza el término universal en base al artículo 41 de la Constitución Española que intenta universalizar el régimen público de seguridad social para todos los ciudadanos.
un saludo.