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Anotaciones provisionales

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Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #364537
    martacs36
    Participante

    Hola!
    Soy nueva en opositas, no estoy muy segura de si mi duda va en este apartado…
    Respecto al registro central de personal, el plazo máximo en las anotaciones provisionales es de 90 días, naturales o hábiles?

    Gracias!

    #364538
    tutor-age1
    Participante

    Hola martacs36, tu duda es muy razonable porque es un asunto que crea polémica. Según el artículo 14 del Real Decreto 2073/1999, de 30 de diciembre, del Registro Central de Personal, el plazo sería 90 días naturales, pero aquí tenemos que irnos a la entrada en vigor el 01/10/2016 de la Ley 39/2015, en concreto del artículo 30.2 que dice “Siempre que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea no se exprese otro cómputo, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos”.
    Por tanto solo una Ley o el Derecho de la Unión Europea pueden establecer días naturales, así que el plazo al que nos haces referencia desde la entrada en vigor del artículo 30.2 de la Ley 39/2015 se considera en días hábiles.
    un saludo.

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