-
AutorEntradas
-
12 julio, 2018 a las 7:15 pm #364364
Impress
ParticipanteHola;
Tengo una duda con una pregunta de Test de la UT1 de Administrativos de la AGE, y como no sé quien es mi tutor de este bloque pues lo mando aquí.
Creo que hay una respuesta que está mal, concretamente el test CE 01 (julio 2017) , pregunta 7 del primer tema que hay para descargar:
La Consorte del Rey, ¿puede asumir funciones constitucionales?:
a) Sí, salvo lo dispuesto para la regencia.
b) No, salvo lo dispuesto para la regencia
c) Ambas respuestas pueden ser ciertas según las circunstancias
d) La Constitución no contempla a dicha persona ya que sería considerado como Reina.Pone como correcta la d pero ¿ no sería la b la correcta ? ya que según el artículo 58, ni la Reina ni el Consorte de la Reina podrán asumir funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia.
Muchas gracias
Un saludo
13 julio, 2018 a las 2:46 pm #364365tutor-age1
ParticipanteBuenas tardes,
En primer lugar recordar que la dicción literal del artículo 58, (“La Reina consorte o el consorte de la Reina”) tiene una justificación: la consorte del Rey ostenta el título de Reina, mientras que al consorte de la Reina no le corresponde, hoy por hoy, el título de Rey.
En relación a la pregunta que planteas, caber hacer diversas consideraciones:
– Se consagra por la Constitución la prohibición del ejercicio de toda función constitucional al consorte o Reina consorte.
– No cabe, por tanto, ni que la Reina consorte -o el consorte de la Reina- asuma tales funciones constitucionales por la vía de los hechos, ni que lo haga formalmente por encomienda o delegación del titular de la Corona, de la persona que ostentase la Jefatura del Estado o de las Cortes Generales.
– Los actos que, en el ejercicio de funciones constitucionales, realizasen el consorte de la Reina o la Reina consorte, al estar privados de toda legitimidad por la prohibición constitucional serían, por tanto, nulos de pleno derecho.
– En cuanto a las funciones representativas (no las funciones constitucionales), es más que discutible que su desempeño esté vedado absolutamente por el artículo 58 a la Reina consorte o al consorte de la Reina. De hecho, la práctica ha demostrado que es en este ámbito donde la Reina consorte encuentra mayor libertad de actuación. La Reina asiste y desempeña su papel en numerosos actos oficiales, actividades sociales, culturales y benéficas, con lo que asume así una función representativa. No obstante ello recordar también que la alta representación del Estado español en el ámbito internacional, a la que se refiere el artículo 56 de la Constitución, sí debe corresponder en exclusiva al Monarca.
Pero como no hay regla sin excepción, también contempla una el precepto que comentamos: la interdicción del ejercicio de funciones constitucionales es absoluta “salvo lo dispuesto para la Regencia”.Por todo lo anterior, como bien comentas, estimamos que la respuesta correcta a la pregunta en cuestión debe ser la b).
Espero que ahora te resulte más claro.
Cualquier cosa, no dudes en plantearla.
Saludos
13 julio, 2018 a las 3:29 pm #364366Impress
ParticipanteHola:
Muchas gracias. Tenía dudas al ver la respuesta dada. Ya está mucho más claro.
Un saludo -
AutorEntradas
- El foro ‘Administración General del Estado – Administrativos’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.