Foros OPOSITAS

Clasificación contratos

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #363941

    Hola una duda: ¿la exigencia de la clasificación solo es para contratos de obras cuyo valor sea igual o superior a 500.000 euros ? ¿ya no se exige para contratos de servicios?

    saludos

    #363942
    tutor-age1
    Participante

    Buenos días, pitusa3.

    El único tipo de contrato en que no es necesaria la clasificación del empresario es en servicios. Los demás dependerán de su valor estimado.

    Recibe un cordial saludo.

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • El foro ‘Administración General del Estado – Administrativos’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS

Abrir chat
1
💬 ¿Necesita ayuda?
Hola 👋
¿Puedo ayudarle?