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Pago único – Violencia de género

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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #362707
    dlucky21
    Participante

    Buenas tardes,

    Tengo una duda en relación al pago único a víctimas de violencia de género.

    En la página 55 del tema 14 se habla de esta ayuda y, como pego a continuación, en 2 puntos muy similares se mencionan 2 cantidades diferentes:

    • Cuando la víctima de la violencia ejercida contra la mujer tuviera reconocida oficialmente una discapacidad en grado igual o superior al 33 por 100, el importe será equivalente a doce meses de subsidio por desempleo
    (Modificado Real Decreto Ley 9/2018, de 3 de agosto)

    • 24 meses si la víctima o alguno de los familiares que conviven con ella tiene reconocida oficialmente una minusvalía en grado igual o superior al 33%.

    Me lo podríais aclarar por favor. Muchas gracias por adelantado.

    Saludos,
    David

    #362708
    franjocado
    Participante

    Hola David, no sé muy bien como está puesto en tu tema, pero para entenderlo tienes que ver el art. 27.4 de la LO 1/2004 al completo para poder entenderlo.
    Existen cuatro supuestos:
    1. Donde cumple con los requisitos exigidos, teniendo 6 meses de subsidio.
    2. Que la víctima tenga discapacidad, teniendo 12 meses de subsidio.
    3. Que la víctima tenga familiar a cargo, teniendo 18 meses de subsidio.
    4. Que la víctima tenga familiar a cargo y que tenga discapacidad la víctima o el familiar, teniendo 24 meses de subsidio.

    Espero haberte ayudado!

    #362709
    dlucky21
    Participante

    Hola Fran, muchas gracias. Ahora sí me queda claro.

    Saludos,
    David

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