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17 julio, 2019 a las 7:32 pm #362572
tutor-age2
ParticipanteBuenas noches.
Me han surgido una serie de cuestiones encadenadas y es en referencia a la posible [u]reforma de la Constitución Española de 1978[/u]. Os pregunto:
[b]1.-[/b] Una de las características enunciadas sobre la CE, es ser una carta “rígida”. ¿Quiere decir esto que no se puede reformar en ningún caso?
[b]2.-[/b] ¿Conoces alguna reforma de la CE que se haya efectuado hasta el momento? ¿Si es que sí, sobre qué trata concretamente?
[b]3.-[/b] ¿Crees que el conocido como [i]Tratado de Maastricht[/i] tiene alguna relación con algunas de las reformas que han tenido lugar? En caso positivo, razone su respuesta.
[b]4.-[/b] En la CE hay un título dedicado expresamente a esta materia, La Reforma Constitucional:
[b]a)[/b] ¿Qué titulo es y qué artículo contiene?
[b]b)[/b] ¿Qué diferencias aprecias entre los dos procesos de reforma?Os “invito” a formar parte de este debate, os va a ayudar a reforzar esta materia tan importante, pregunta de examen muy frecuentemente y que no siempre se tiene tan clara.
Un saludo, Cristina.
18 julio, 2019 a las 8:53 am #362573crisgaia
ParticipanteBuenos días:
Entro en el debate, me arriesgo a meter la pata (¡así aprendo! 😀 ) , no voy a mirar los apuntes. Y contesto entre líneas en otro color.
1.- Una de las características enunciadas sobre la CE, es ser una carta “rígida”. ¿Quiere decir esto que no se puede reformar en ningún caso?
[color=purple]Sí que se puede reformar, pero es un proceso laborioso en el que entran el Congreso y el Senado.[/color]2.- ¿Conoces alguna reforma de la CE que se haya efectuado hasta el momento? ¿Si es que sí, sobre qué trata concretamente?
[color=purple]Conozco dos:
Una realizada en 1992 en el artículo 13. Para el derecho a elegir y ser elegido en los comicios municipales para ciudadanos de toda Europa.
Otra en 2011 reformando completamente el artículo 135, aunque parte de este todavía no se aplica hasta el 2021 (o eso creo).[/color]3.- ¿Crees que el conocido como Tratado de Maastricht tiene alguna relación con algunas de las reformas que han tenido lugar? En caso positivo, razone su respuesta.
[color=purple]En Maastricht firmado en 1992 y que no entró en vigor hasta el 93, repaso también Unión Europea (corregidme si está mal, por favor) antes de ratificar este tratado la Constitución tuvo que ser modificada ya que se contradecía y así viene indicado en la misma, no me acuerdo en qué artículo, pero sí me acuerdo de que está en el capítulo 3º del título III De las Cortes, donde dice que exigirá la previa revisión constitucional cualquier tratado o acuerdo internacional a los que se someta España y que esté en contradicción con la Constitución.[/color]4.- En la CE hay un título dedicado expresamente a esta materia, La Reforma Constitucional:
a) ¿Qué titulo es y qué artículo contiene?
[color=purple]Es el título X, el último, y comprende los artículos 166 a 169.[/color]b) ¿Qué diferencias aprecias entre los dos procesos de reforma?
[color=purple]Las diferencias más notables son la mayoría necesaria para que sea aprobada, la necesidad o no de referéndum y las materias de las que trata dentro del contenido de la Constitución.
Hablamos de reforma ordinaria aquella que no afecta a la Constitución en su totalidad ni a: sección 1ª del capítulo 2º del título 1º(Derechos fundamentales y libertades públicas) ni al título II (De la Corona).
Se aprueba en principio, por los 3/5 del Congreso y 3/5 del Senado.
Por último, no se necesita convocar referéndum si no lo solicita al menos la décima parte de una de las Cámaras.
La reforma agravada afectaría a cualquiera de estas partes de la Constitución indicadas: sección 1ª, capítulo 2º del título 1º; al título II o a toda ella.
Se aprueba por el voto favorable de 2/3 de cada una de las Cámaras, se disuelven estas y convocan nuevas elecciones debiendo las nuevas Cámaras obtener la misma mayoría para su aprobación definitiva.
Es obligatoria la convocatoria de referéndum.[/color]Espero no haber fallado en muchas cosas, si lo he hecho y me corregís ¡seguro que no vuelvo a olvidarlas! por lo menos de aquí al examen 😀
Saludos -
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