Buenas tardes, Leticia.
En el tema 1 sí que aparece el artículo 10 de la Constitución Española de 1978 redactado, concretamente en la página 7, en el apartado 2.1:
[i][size=3]La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo del a personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades a que la constitución reconoce, se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España. [b]Art. 10[/b][/size][/i]
Es muy importante leer con atención.
Un saludo