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15 mayo, 2006 a las 3:10 pm #344315
Academia Opositas
ParticipanteHola compañeros:
Acabo de hacer un examen para ayuntamientos y creo que puedo impugnar un par de preguntas.. a ver que os parece:
1ª. Los acaldes son elegidos:
a) por los vecinos
b) los concejales
C) Segun el estatuto de cada Comunidad Autonoma.
d) Según cada diputación.Pues bien yo creo que esta pregunta está mal planteada y debería de ser eliminada….pues dan como correcta la b) los concejales….
Si vemos la consitución y el reglamento de organziación de las corporaciones locales pone claramente que los alcaldes son elegidos por los concejales o por los vecinos (en este ultimo caso en los concejos abiertos y entidades menor al municipio).
El secretario del ayuntamiento de mi publo se agarra a que en la ley electoral genral cuando habla de la elección de los alcaldes, en la misma se detalla como se eligen estos por los concejales y nombra en ningun momento a los vecinos,,,,pero es que lo que digo yo es que si continuamos leyendo esa misma ley cuando habla de la moción de censura,,,dice que en lo que se refiere a los concejales, hay que entenderlo en los concejos abiertos a los vecinos….además,,,para finalizar si en estos regimenes de concejo abierto, donde no hay concejal…¿quien coño elige a los alcaldes …? Está clarísimo , los vecinos por que entre otras cosas no hay concejales aquí…
En fin yo lo tengo clarísimo y la voy a impugnar….lo único que quería es saber si alguien además de lo que yo he manifestado se le ocurre otro argumento para impugnarla? Gracias..
15 mayo, 2006 a las 3:11 pm #344316Academia Opositas
ParticipanteOtra pregunta creo yo impugnable:
Al personal que desempeñe un pueto de trabajo que comporte la retribución de complemento específico:
a) Se le podrá reconocer la compatibilidad.
b)No se le podrá reconocer la compatibilidad para el ejercicio de actividad privada.
c) Se le podrá reconocer compatibilidad para el ejercicio de actividad privada.
d) Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.Aquí dan como buena la b….y bueno tengo duda entre varias posibilidades pero la que dan ellos por buena no es ni de coña…
Según el artículo 16 de la ley 53/1984, de incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones públicas, en su punto 4, añadido por el art. 34 de la ley 31/94, dice que se podrá reconocer compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas al personal que desempeñe puetos de trabajo que comporten la percepcion de Complementos específicos o concepto equivalente cuya cuantía no supere el 30% de su retribución básica, excluidos los conceptos que tengan su origen en la antigüedad.
De aquí se entiende que se le podrá reconocer o no compatibilidad en función de si ese complemento específico supera o no el 30% de la retribución básica…pero tal como está planteada la pregunta sin dar ningún dato más yo entiendo que es la d) ninguna respuesta es correcta…. ¿Cómo lo veis?
A ver si me podeis ayudar por que tengo un par de días para preparar el escrito con las impugnaciones.
Gracias
15 mayo, 2006 a las 6:53 pm #344317murcia27
Participantela primera pregunta supongo que al decir Alcaldes en general, la respuesta es “los concejales”, como no especifica nada de que sea concejo abierto ni nada, lo mas correcto es decir los concejales.
Normalmente la respuesta es los concejales y los vecinos como algo general, pero como tu has dicho está la excepcion de que sea concejo abierto, por que los concejales son los vecinos, por eso dicen que lo eligen los vecinos (pero son los concejales, al fin y al cabo)
15 mayo, 2006 a las 7:08 pm #344318Academia Opositas
ParticipanteGracias por tu repsuesta pero no estoy deacuerdo contigo:
Si te vas a la constitución art. 140 y al reglamento de funcionamiento de las corporaciones locales (ahora mismo no recuerdo el artículo),,,pone claramente que los alcaldes serán elegidos por los concejales o por los vecinos.
Además en los concejos abiertos los vecinos eligen directamente a sus alcaldes, y no hay pleno sino que el gobierno de estos municipios está a cargo del alcalde, previamente elegido por los vecinos, y por una asamblea vecinal. (y estos últimos no tienen nada que ver con los concejales que de hecho no existen en estos municipios)
Saludos..
15 mayo, 2006 a las 8:33 pm #344319Academia Opositas
Participantecucos, pues yo en la primera pregunta, hubiese contestado los concejales. La pregunta tiene mala leche, pero creo que la de los concejales “es la más correcta” porque se refiere a la generalidad de los casos, los vecinos sólo eligen a los alcaldes en los concejos abiertos. Y en la segunda pregunta estoy totalmente de acuerdo contigo. Pero en los ayuntamientos ya se sabe, tongo asegurado 😛
16 mayo, 2006 a las 5:08 pm #344320Academia Opositas
Participantelos los vecinos no eligen al alcalde, elegimos a los consejales, y entre ellos eligen el alcalde, pero como estamos acostumbrado a ver siempre un cabecilla que se proclama alcalde por que ya el partido le da ese papel, es lo que nos confunde.
17 mayo, 2006 a las 11:49 am #344321Academia Opositas
ParticipanteVa a ser qque no:
en los municipios en regimen de concejo abierto y en las entidades locales inferiores al municipio el alcalde es directamente elegido por los vecinos, y no por los concejales sencillamente por que en estos municipios la figura del concejal no existe…En estos municipios el gobierno corresponde a los alcaldes y a las asambleas o juntas vecinales.
Leerse el ARtículo 140 de la Constitución española y el 2 del Regimen juridico y de funcionamiiento de las coporaciones locales.
Además en los municipios a los que vosotros os referis, (esos en los que sí hay concejales) la ley dice que en caso de que el alcalde en primera votación no obtuviera la mayoría absoluta de los concejales, será elegido alcalde el que más votos hubiese obtenido en las elecciones municipales (como veis incluso aquí el alcalde puede ser elegido direcrtamente por los vecinos)
Mi afirmación aparte de con la ley la apoyo con dos editoriales (en un libro del mad de test al preguntar por quien es elegido el alcalde, acepta como respuesta “por los alcaldes o por los vecinos”, y en otro libro de la editorial meta, se hace la pregunta ¿en qué municipios es elegiod el alcade por los vecinos?, aceptándose como respuesta: En los que esté n en régimen de concejo abieto, y en las entidades locales territoriales inferiores al municipio.
No obstante gracias a todos.
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