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Duda de Ley enjuciamiento Civil

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Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #332232
    coriana
    Participante

    Buenos días

    Mi duda surge en el artículo 763 de dicha ley.

    [b]Artículo 763[/b] [u]Internamiento no voluntario por razón de trastorno psíquico[/u]

    1.El internamiento, por razón de trastorno psíquico, de una persona que no esté en condiciones de decidirlo por sí, aunque esté sometida a la patria potestad o a tutela, requerirá autorización judicial, que será recabada del tribunal del lugar donde resida la persona afectada por el internamiento.
    [b]El inciso «el internamiento, por razón de trastorno psíquico, de una persona que no esté en condiciones de decidirlo por sí, aunque esté sometida a la patria potestad o a tutela, requerirá autorización judicial» del párrafo primero del artículo 763.1, ha sido declarado inconstitucional por STC 132/2010, de 2 diciembre (Sala Pleno), con el efecto establecido en el Fundamento Jurídico 3.[/b]

    La autorización será previa a dicho internamiento, salvo que razones de urgencia hicieren necesaria la inmediata adopción de la medida. En este caso, el responsable del centro en que se hubiere producido el internamiento deberá dar cuenta de éste al tribunal competente lo antes posible y, en todo caso, dentro del plazo de veinticuatro horas, a los efectos de que se proceda a la preceptiva ratificación de dicha medida, que deberá efectuarse en el plazo máximo de setenta y dos horas desde que el internamiento llegue a conocimiento del tribunal.
    [b]El inciso «la autorización será previa a dicho internamiento, salvo que razones de urgencia hicieren necesaria la inmediata adopción de la medida» del párrafo segundo del artículo 763.1, ha sido declarado inconstitucional por STC 132/2010, de 2 diciembre (Sala Pleno), con el efecto establecido en el Fundamento Jurídico 3.[/b]

    Mi pregunta es: Cuando dice que ha sido declarado inconstitucional ¿qué quiere decir? ¿que ya no lleva a cabo como indica en esos puntos?

    Saludos y gracias

    Corina

    #332233
    milacastillo27
    Participante

    Buenas tardes,

    A mi entender, mientras no se modifique el articulo en la LEC, nos lo estudiamos tal cual (aunque haya sido declarado inconstitucional) porque es lo que nos van a preguntar en el examen.

    Un saludo.

    #332234
    coriana
    Participante

    Sí, eso pensé yo también, pero me surgió la duda porque en la ley está así tal cual.

    Gracias Mila

    #332235
    Anónimo
    Invitado

    Totalmente de acuerdo con lo que comentáis. Entiendo que si la preguntan la declaran “inválida o anulada”, pero lo importante es que tengamos el concepto claro y en eso estamos

    Saludos

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