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2 octubre, 2018 a las 11:16 am #328007
Zaira
ParticipanteHola!
Realizando de nuevo el test de la clase de gestión que dimos el miércoles pasado me surgen varias dudas que son las siguientes
Pregunta 25.
La representación y defensa de las comunidades autónomas y de los entes locales corresponde a…. Da como correcta la D) ninguna es cierta. Entiendo que no corresponde a los abogados de estado porque a estos le corresponde la representación y defensa del estado y de las CCAA pero me surge la siguiente duda. A quien corresponde la representación y defensa de los entes locales?Pregunta 17
Si el demandado comunicare al tribunal la decisión de acudir al pleito con la asistencia de los profesionales, se dará cuenta al actor de tal circunstancia. Si el demandante quisiere entonces valerse también de abogado y procurador, lo comunicará al tribunal
A) en los 5 días siguientes a la recepción de la notificación
B) en los tres días siguientes a la recepción de la notificación de la demanda
C) en los tres días siguientes a la recepción de la notificación
D) en los 10 días siguientes a la recepción de la notificaciónDa como correcta la C y he mirado los apuntes y es como lo dice literalmente. Mi duda es, ya que yo pensaba que se recibía la contestación a la demanda conjuntamente con la notificación de que el demandado quería asistir al juicio acompañado de abogado y procurador. No es así entonces? Solo recibe la notificación de querer ir asistido la parte demandada de abogado y procurador y tras el demandante contestar en 3 días se le notificaría entonces la contestación a la demanda?
Un saludo y gracias!!
3 octubre, 2018 a las 10:38 am #328008Ana-Maria
ParticipanteHola, Zaira.
En la pregunta 25, las 3 opciones, son correctas, y además, textuales del art. 551.3 LOPJ.
Date cuenta que la opción d) señala “ninguna es [b][u]incierta[/u][/b]”, por ello es la opción correcta a la pregunta.En cuanto a la pregunta 17, así es, es literal del art. 32, mira también los puntos 2 y 3:
[i]Artículo 32. Intervención no preceptiva de abogado y procurador.
1. Cuando, [u]no resultando preceptiva la intervención de abogado y procurador,[/u] [b]el demandante[/b] pretendiere comparecer por sí mismo y ser defendido por abogado, o ser representado por procurador, o ser asistido por ambos profesionales a la vez, [b]lo hará constar así en la demanda[/b].
2. Recibida la notificación de la demanda, si el demandado pretendiera valerse también de abogado y procurador, lo comunicará al tribunal dentro de los tres días siguientes, pudiendo solicitar también, en su caso, el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita. En este último caso, el tribunal podrá acordar la suspensión del proceso hasta que se produzca el reconocimiento o denegación de dicho derecho o la designación provisional de abogado y procurador.
3. La facultad de acudir al proceso con la asistencia de los profesionales a que se refiere el apartado 1 de este artículo [u]corresponderá también al demandado,[/u] cuando el actor no vaya asistido por abogado o procurador. El [b]demandado comunicará[/b] al tribunal su decisión en el plazo de [b]tres días desde que se le notifique la demanda[/b], [u]dándose cuenta al actor de tal circunstancia[/u]. Si el [b]demandante[/b] quisiere entonces valerse también de abogado y procurador, l[b]o comunicará al tribunal en los tres días siguientes a la recepción de la notificación,[/b] …”[/i]Un Saludo.
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