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exhortos

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #325468
    pilarricky
    Participante

    Buenas tardes, xugus23:

    La respuesta está en el [u]artículo 165 de la LEC[/u], que se refiere a los actos de comunicación mediante auxilio judicial.

    Reproduzco aquí el segundo párrafo de dicho artículo:

    “Estos actos de comunicación se cumplimentarán en un plazo no superior a veinte días, contados a partir de su recepción, debiendo ser devuelto conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior. Cuando no se realicen en el tiempo indicado, a cuyo efecto se requerirá al secretario judicial para su observancia, se habrán de expresar, en su caso, las causas de la dilación.”

    Esta pregunta ya ha salido en algún examen oficial, por ello es importante recordar que cuando lo que se pide en el exhorto es la realización de un acto de comunicación, se tiene que llevar a cabo en un plazo no superior a veinte días.

    Saludos

    #325469
    VDORADOA
    Participante

    Gracias Pilar,
    Me apunto ambos artículos para no volver a caer en el mismo error.

    Mil gracias

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  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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