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ARTICULO 150 CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA

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Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
  • Autor
    Entradas
  • #319009
    LN30
    Participante

    Buenos dias, me ha surgido una duda con respecto a los apartados 1, 2 y 3 del articulo 150 de la Constitución. ¿Las leyes que se exponen: ley marco, ley de transferencia o delegación y leyes de armonización respectivamente, son todas leyes orgánicas o hay alguna ordinaria?. Gracias. Saludos.

    #319010
    david73
    Participante

    Hola LN30, te dejo un enlace para que le eches un vistazo. Es un poco largo pero creo que puede ayudarte con tu duda:
    http://www.congreso.es/consti/constitucion/indice/sinopsis/sinopsis.jsp?art=150&tipo=2
    De todos modos, a lo mejor alguien puede dar una explicación más breve.
    Saludos.

    #319011
    aliche74
    Participante

    Hola LN30
    Son leyes orgánicas además de las que se enumeran en el articulo 81 de la Constitución, todas aquellas previstas en la Constitución como leyes orgánicas. Por lo que deduzco que de las leyes que cita LN30 en éste post, la única que se aprueba mediante ley órganica son las leyes de transferencia o delegación. Las leyes marco y de armonización se aprueban mediante ley ordinaria, al no estar previsto en el art. 150 que se tengan que aprobar mediante ley órganica. Esa es mi opinión. A ver lo que dice bg. Saludos

    #319012
    LN30
    Participante

    Hola Aliche, llevas razón la única ley en la que se especifica en la Constitución que se aprueba mediante ley orgánica es la ley de transferencia o delegación, con lo cual por descarte yo también deduzco que las demás son por ley ordinaria, a ver que nos dice Baldo, porque es un detalle que no queda claro. Saludos y gracias por contestar.

    #319013
    LN30
    Participante

    David, muchas gracias por contestar y publicar el enlace. Saludos.

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