Buenas noches compis 🙂
Estoy de acuerdo con LN30, respecto a que las leyes autonómicas las PROMULGA el Presidente de la Comunidad Autónoma, en vez del Rey. De hecho, en la Ley del Gobierno Valenciano, por ejemplo, especifica que “el Presidente de la Generalitat promulgará en nombre del rey, las leyes de la Generalitat valenciana en 15 días….”.
Hasta ahí está claro, pero yo tengo la duda acerca de la sanción de la ley, las leyes de las Comunidades Autónomas creo que no se sancionan, aunque no lo tengo naaaaada claro.
A ver si entre todos, podemos concluir.
bss y muxo ánimo!! 😉