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3 septiembre, 2004 a las 5:13 am #294006
Academia Opositas
ParticipanteHola chicos, les expongo estos conceptos para ponerlo a disposición de todos los opositores de ésta página:
[b]Judicializar[/b];
Llevar por vía judicial un asunto que podría conducirse por otra vía, generalmente política.[b]Interfecto[/b]
Persona muerta violentamente.
En derecho procesal penal se dice de la persona muerta a consecuencia de un crimen o de aquel que muere antes de poder prestar declaración[b]Consorte[/b];
Aspecto civil: marido y mujer respectivamente.
Penal; los que juntamente son responsables de un delito.
Procesal: los que litigan juntos formando una sola parte en el pleito.[b]Lego[/b]:
Se dice del Juez que carece del título de Licenciado en Derecho. Este es el caso de los Jueces de Paz. A quienes no se exige titulación.[b]Cohecho pasivo:[/b]Consiste en solicitar o recibir dádiva o presente o aceptar ofrecimiento o promesa, bien sea como estímulo o premio de actos o abstenciones en el ejerció del cometido oficial o simplemente como indebidos agasajos en consideración a su cargo u oficio.
[b]Dádiva[/b]:
Cosa que se da graciosamente.Pero hay un concepto que por más que lo busco no consigo su significado,
¿qué es “interferencia obstativa”?
A ver si alguien lo averigua.
Gracias.
5 septiembre, 2004 a las 5:54 pm #294007Academia Opositas
ParticipanteMás aportaciones:
[b]Atestado[/b]:
Documento realizado por los miembros de la Policía Judicial haciendo constar diligencias practicadas, hechos averiguados, declaraciones e informes recibidos y circunstancias observadas y que pudieran ser prueba de indicio o del delito.[b]Testado[/b]:
Que muere habiendo otorgado testamento.[b]Accesión[/b]:
Modo de adquisición de la propiedad, mediante el cual el dueño de una cosa principal unida a otra accesoria que no es separable, adquiere esta última.[b]Usucapión[/b]:
Modo de adquirir el dominio o los derechos reales por la posesión a título de dueño, continuada por el tiempo señalado en la Ley. Su esencia está en la posesión con los requisitos legales impuestos para evitar que la prescripción ampare el fraude y se convierta en una legitimación del despojo.Sigo sin encontrar “interferencia obstativa”
Por favor, si alguien lo consigue.
Gracias
5 septiembre, 2004 a las 5:58 pm #294008oslo
ParticipanteHola jj:
En mi modesta opinión “interferencia obstativa” significa que hay algo que impide, es decir que interfiere negativamente, para que no pueda llevarse a cabo alguna cosa.
Pero esperemos la “voz” del jefe
5 septiembre, 2004 a las 6:00 pm #294009Academia Opositas
ParticipanteHola oslo, encantada de saludarte.
Igual deduzco yo, pero eso de “obstativa” es que no lo encuentro por ningún lado.
Bueno, ya aparecerá.
Un beso
5 septiembre, 2004 a las 6:10 pm #294010oslo
ParticipanteHola jj:
Yo creo que obstar es precisamente “impedir”.
Por tanto una interferencia ya sabes que es algo que se “pone por delante” para “obstar” o impedir que pueda suceder algo.
No se si he sido muy clara.
5 septiembre, 2004 a las 6:13 pm #294011Academia Opositas
Participantesi, así lo había interpretado.
Gracias oslo.
6 septiembre, 2004 a las 12:22 am #294012Academia Opositas
ParticipanteGracias Jjdiaz. Tomamos nota y en breve estarán dichas palabras en el diccionario.
😉9 septiembre, 2004 a las 3:27 pm #294013Academia Opositas
ParticipanteHola Jjdiaz:
ya están incluidas en el Diccionario de Opositas.
Muchas gracias por tu colaboración 😉9 septiembre, 2004 a las 7:49 pm #294014Academia Opositas
ParticipanteGracias Cr.
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